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El martes pasado fue aprobado el proyecto de ley por el Congreso de la República y solo queda esperar la sanción presidencial para que se haga realidad. | Foto: Fotomontaje El País

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Conozca las modificaciones al proyecto de ley de violencia intrafamiliar en Colombia

Proyecto de ley que endurece castigos para estos casos, pasó a sanción presidencial.

25 de abril de 2019 Por: Redacción de El País 

Entre enero y marzo pasado se registraron en el país 17.701 casos de violencia intrafamiliar, según datos de Medicina Legal. Los hechos incluyen agresiones contra niños, niñas y adolescentes; a las parejas; y casos entre otros familiares.

Solo en la ciudad de Cali, por ejemplo, se presentaron 738 casos durante el primer trimestre de este año. De ese total, 477 fueron agresiones entre parejas, 162 violencias entre otros familiares, 66 violencia a niños y adolescentes y 33 casos involucraron a adultos mayores.

Este panorama llevó a la Fiscalía a impulsar un nuevo proyecto de ley que agiliza las investigaciones para combatir la impunidad en casos de violencia intrafamiliar. Además, las modificaciones de la norma también contempla que las víctimas no podrán retractarse de denuncias y se disminuirán los tiempos de respuesta por parte del Estado a ellas.

Lea también: No todas las agresiones entre miembros de una familia son violencia intrafamiliar: Corte

El martes fue aprobado el proyecto por el Congreso y ahora solo queda esperar la sanción presidencial para que se haga realidad.

De acuerdo con Belisario Moreno, asesor del Despacho del Fiscal General, “una vez se cumpla el trámite de conciliación el ente investigador contará con nuevas herramientas jurídicas para avanzar en la efectiva judicialización de los responsables de los casos conocidos y así garantizar la protección de las víctimas que deciden denunciar a sus agresores”. 

Entre tanto, la intendente (r) Marly Alejandra Bernate, quien tiene experiencia en la atención de casos de violencia intrafamiliar en Cali, dijo que si se convierte en ley el proyecto sería muy bueno porque efectivamente se agilizarían las investigaciones por este delito, que son muy lentas.

“Por ejemplo, el hecho de que se aceleren los procesos daría paso a que las mujeres víctimas de este tipo de violencia no se arrepientan de seguir en el proceso o cambien la versión inicial que se toma como prueba reina en los casos”, explicó Bernate.

Por su parte, el Fiscal 174 de Feminicidios de la capital del Valle, indicó que el tema, en pocas palabras, se va a manejar por proceso abreviado, lo que quiere decir que los procedimientos serán más rápidos y se podrían recoger pruebas con la víctima de manera anticipada.

Los testimonios de las víctimas

El proyecto establece que la prueba anticipada podrá practicarse en todos los casos de violencia intrafamiliar, lo que tiene por objeto preservar la prueba y ayudar a que las víctimas no se retracten posteriormente. Además, podrá ser usada como prueba en cualquier etapa del proceso para evitar la revictimización del denunciante.

Las exparejas serán protegidas

Con la modificación no solo recaerá en cónyuges o miembros del núcleo familiar la responsabilidad penal, sino también entre exparejas, en las relaciones extramatrimoniales con vocación inequívoca de estabilidad o entre personas que tienen hijos en común.

Castigo para reincidentes

Se aumenta la pena a los procesados por el delito de violencia intrafamiliar, cuando dentro de los diez años anteriores hubiese sido condenado por delitos contra la vida e integridad personal o incluso por reincidir en hechos de violencia intrafamiliar.

Polémico fallo

La Corte Suprema de Justicia emitió un fallo que levanta polémica al advertir que no todo acto violento entre miembros de una familia es violencia intrafamiliar. La decisión fue proferida por el magistrado Eugenio Fernández al analizar un recurso interpuesto por la Fiscalía ante el Tribunal de Medellín.

El caso objeto de análisis: Jorge, su esposa e hijas viajaron a Medellín y se hospedaron en la casa de Pablo, hermano de Jorge. Al pasar el tiempo, la convivencia se tornó compleja porque la esposa de Jorge usaba mucho el teléfono, hecho que molestó a Pablo, quien le llamó la atención a la mujer. Jorge se enteró de la situación y tuvo una discusión con su hermano, la cual derivó en una riña con golpes de lado y lado.

Por estos hechos, Jorge interpuso una denuncia contra Pablo, a quien la Fiscalía le imputó violencia intrafamiliar, pero durante el juicio oral fue absuelto tras confirmar que no había una “unidad doméstica” entre los hermanos que se golpearon.

El proceso llegó a segunda instancia. Allí el Tribunal Superior de Medellín avaló la primera decisión debido a que “el altercado consistió tan solo en un desorden doméstico, es decir, en una pelea entre dos adultos en igualdad de condiciones dentro del mismo entorno familiar”.

Tras la negativa, la Fiscalía interpuso otra acción, por lo que el caso llegó a la Corte, pero esta consideró que no hubo violencia intrafamiliar debido a que el comportamiento no fue repetitivo.

Protección a la intimidad

Con las modificaciones se realizarán a puerta cerrada las audiencias y se facultará al juez para someter a reserva los datos personales de las víctimas, sus descendientes y personas que tengan bajo su cuidado, si así lo solicita alguno de los intervinientes. Con esto se pretende también evitar la revictimización.

Política Pública para prevenir

En este último debate, la plenaria de la Cámara adicionó dos artículos nuevos al proyecto de ley enfocados a que el Estado dentro de un término perentorio elabore y ponga en marcha una Política Pública contra la violencia intrafamiliar que incluya acciones en educación y prevención. Igualmente crea una comisión estatal de seguimiento al cumplimiento de esta ley en la que entidades tales como la Fiscalía General de la Nación, el Icbf, la Policía Nacional, la Consejería para la Equidad de la Mujer, entre otras, van a desarrollar un papel fundamental para articular y direccionar las acciones de Política Pública tendientes a erradicar este delito.

Respuesta a las víctimas

Con el fin de promover la celeridad en la investigación penal del delito de violencia intrafamiliar, el proceso se adelantará bajo el procedimiento penal abreviado previsto en la Ley 1826 de 2017. Para evitar hechos revictimizantes y dificultad en el acceso a la justicia, la acción penal siempre deberá realizarla la Fiscalía General de la Nación.

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