Nacional
Reglamentación fue sometida a debate público
El Gobierno Nacional expidió ayer uno de los decretos reglamentarios de la Ley de Justicia y Paz tras el fallo de la Corte Constitucional, al tiempo que publicó los borradores de otros dos para someterlos a debate a través de internet.
En el decreto ya expedido, el 2898 del 29 de agosto del 2006, se autoriza a la Fiscalía para que llame a versión libre, para ratificar su acogimiento a la Ley, a los miembros de las autodefensas que lo quieran hacer, lo cual debe ocurrir dentro de los seis meses siguientes a la radicación de las listas de los beneficiarios.
El ministro del Interior y de Justicia, Carlos Holguín Sardi, explicó que con esta reglamentación “la Fiscalía podría iniciar de inmediato la aplicación de la Ley y el proceso investigativo y judicial subsiguiente”.
Los otros dos decretos, que reglamentan parcialmente la Ley 782 o de Orden Público y la Ley 975 o de Justicia y Paz, están disponibles desde ayer y hasta el próximo domingo en la página Web de la Presidencia de la República, para que la opinión pública los consulte y haga sus observaciones, que serán tenidas en cuenta para la expedición definitiva de la reglamentación. A continuación algunos de sus apartes:
REPARAR CON BIENES LÍCITOS E ILÍCITOS. Uno de los requisitos que deben cumplir los desmovilizados a la hora de acogerse a la norma es entregar todos los bienes ilícitos. Sin embargo, si éstos no alcanzan para hacer reparación total de las víctimas, el ex paramilitar deberá entregar también los bienes lícitos.
SE DESCUENTA EL TIEMPO EN LA ZONA DE CONCENTRACIÓN. El propio comisionado para la Paz, Luis Carlos Restrepo, reconoció que “en este punto, y sólo en este punto”, la norma difiere del fallo de la Corte, que declaró inexequible el artículo que permitía que la permanencia en la zona de ubicación temporal fuera descontado de la pena alternativa.
CONFESIÓN PLENA. Quedó establecido que el desmovilizado quiere acceder a la pena alternativa, debe confesar todos los delitos cometidos o perdería los beneficios.
ELEGIBILIDAD. Serán los jueces quienes determinen si un desmovilizado tiene derecho o no a recibir la pena alternativa de cinco a ocho años prevista en la Ley de Justicia y Paz.
DELITO POLÍTICO. En la Ley de Justicia y Paz no se contempla. Sin embargo, el Gobierno expidió un decreto en el que, según el Comisionado, se le da solidez jurídica a la decisión de darle indulto, de acuerdo a la Ley 782 o de Orden Público, a aquellos desmovilizados que no cometieron delitos atroces. “De tal manera que el concierto para delinquir atribuido a los miembros de las autodefensas pueda ser entendido como un delito contra el régimen constitucional y legal”, dijo el Comisionado para la Paz
Por otro lado, distintas reacciones se escucharos sobre estos proyectos de decreto. Mientras el senador conservador Hernán Andrade alabó la eventual reglamentación, el congresista liberal Juan Fernando Cristo dijo que “el Gobierno está jugando con candela al querer descontar el tiempo en la zona de concentración”.
Habrá más magistrados
Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia se reunieron con miembros del Gobierno para manifestarle sus reclamos.
Con la creación de una sala especial y el nombramiento de cuatro magistrados, la Corte Suprema de Justicia solucionaría los problemas que tiene para fallar, en segunda instancia, los procesos de los paramilitares que se acojan a la Ley de Justicia y Paz. A esa conclusión llegó ayer la corporación en una reunión con miembros del Gobierno para encontrarle una solución a la “incapacidad” expresada por la Corte para estas funciones.
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