El Pico y Placa en Cali se encuentra vigente por 14 horas continuas, la medida abarca restricciones entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche, y tiene una rotación diferente en los dos semestres de este 2023.

Este lunes 10 de julio, la medida del pico y placa en Cali se establece según el último dígito de la placa del vehículo. Para ese día, la restricción aplica para los vehículos con placa terminada en el número 1 y 2. Esto significa que los vehículos cuyas placas terminen en esos números no podrán circular durante los horarios establecidos.

  • Lunes: 1 y 2
  • Martes: 3 y 4
  • Miércoles: 5 y 6
  • Jueves: 7 y 8
  • Viernes: 9 y 0
Se le recomienda a las personas tener en cuenta el último dígito de la placa de su vehículo para cumplir con la restricción del Pico y Placa en Cali. | Foto: Semana

No acatar el pico y placa es sancionado “de acuerdo con lo establecido en el inciso 14 del literal C) del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, modificado por la Ley 1383 de 2010 y codificado bajo la Resolución N° 3027 de 2010 expedida por el Ministerio de Transporte”, señala el decreto que deja en firme la medida. Es decir, con una multa de quince salarios mínimos legales diarios vigentes, aproximadamente 580.000 pesos.

Vale la pena recordar que en Cali se presentan muchas dificultades asociadas a la movilidad. Semáforos descoordinados, alto parqueo en las vías y la cantidad de vehículos que circulan en simultáneo generan embotellamientos todo el tiempo.

En 2022 la Secretaría de Movilidad local emprendió una estrategia para generar mayores efectos positivos en la circulación y la calidad del aire en Cali.

De hecho, el parque automotor de la ciudad, de acuerdo con el RUNT, está por encima de los 900.000 vehículos, un promedio de un vehículo por cada 2,4 habitantes, esto sin contar que todos los días llegan carros y motos de municipios vecinos como Jamundí, Yumbo, Palmira y Candelaria con personas que ejercen sus labores en la capital vallecaucana.

Esto hace que sea necesario aplicar medidas para la descongestión, así como en otras ciudades grandes del país. Cali, por ejemplo, tiene vigente la restricción del pico y placa para circular.

Anteriormente, esta restricción de movilidad se aplicaba en dos momentos del día: a primera hora en la mañana y al finalizar la tarde. Sin embargo, en 2022 la Secretaría de Movilidad local emprendió una estrategia para generar mayores efectos positivos en la circulación y la calidad del aire en Cali, estableciéndola por todo el día.

Infringir el Pico y Placa en Cali da una multa de quince salarios mínimos legales diarios vigentes, aproximadamente 580.000 pesos.

¿Cuáles son las excepciones?

Si bien la restricción busca mejorar las condiciones de la movilidad en la ciudad, no todos los vehículos del parque automotor tienen que dejar de circular, debido a que la Administración ha definido una serie de restricciones para la normativa, entre ellas, los vehículos del servicio público, los cuales podrán seguir operando.

  • El grupo de vehículos exentos en el decreto 4112.010.20.497 del primero de julio de 2021 adicionado por el Decreto 4112.010.20.914 del 20 de noviembre de 2021 y los demás actos administrativos que lo adicionen o modifiquen.
  • Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible eléctrico, gasolina/eléctrico o diésel/eléctrico.
  • Vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas, según su licencia de tránsito.
  • Los vehículos oficiales.
  • Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el acuerdo municipal 0401 de 2016 o la norma que le modifique.
  • Las motocicletas.
De acuerdo a la Secretaria de Movilidad de Cali, el pico y placa busca disminuir el tráfico en la ciudad y ayudar a la menos contaminación ambiental.

Al respecto, el decreto señala que “para efectos de acreditación de los vehículos exentos de la prohibición de Pico y Placa de que trata el presente artículo, debe radicarse solicitud dirigida a la Secretaría de Movilidad del Distrito Especial de Santiago de Cali y cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en el Decreto n.° 4112.010.20.497 del 01 de julio de 2021 y los respectivos actos administrativos que adicionen o modifiquen su contenido”.