El pico y placa es una medida que se aplica a nivel nacional principalmente para descongestionar las vías, pero también sirve para contribuir a que los niveles de contaminación mejoren en las ciudades. En Cali, por ejemplo, esta restricción rige de lunes a viernes.
Teniendo en cuenta esto, por no respetar un ciudadano esta restricción decretada por parte de la Secretaría de Movilidad de la ciudad, se podría exponer a una sanción económica y a la inmovilización de su vehículo.
Asimismo, el documento establece que desde el 4 de julio al 29 de diciembre no cambiará el orden en que tienen restringido circular los vehículos, de acuerdo con el último dígito de su placa, y que dicha limitación aplicará para dos dígitos cada día.
En esa línea, el pico y placa funciona en la capital del Valle del Cauca de la siguiente manera:
- Lunes: 1 y 2.
- Martes: 3 y 4.
- Miércoles: 5 y 6.
- Jueves: 7 y 8.
- Viernes: 9 y 0.
Lo que quiere decir que, según el decreto publicado por la Secretaría de Movilidad de Cali, este lunes, 17 de julio, la medida aplica para los vehículos con placas terminadas en 1 y 2.
Es importante resaltar que no cumplir la medida de pico y placa es sancionado “de acuerdo con lo establecido en el inciso 14 del literal C) del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, modificado por la Ley 1383 de 2010 y codificado bajo la Resolución n.° 3027 de 2010 expedida por el Ministerio de Transporte”, señala el decreto que deja en firme la medida. Es decir, con una multa aproximadamente de 580.000 pesos.
Excepciones
Tenga en cuenta que el pico y placa tiene algunas excepciones:
- El grupo de vehículos exentos en el decreto 4112.010.20.497 del 1 de julio de 2021 adicionado por el Decreto 4112.010.20.914 del 20 de noviembre de 2021 y los demás actos administrativos que lo adicionen o modifiquen.
- Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible eléctrico, gasolina/eléctrico o diésel/eléctrico.
- Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas, según su licencia de tránsito.
- Los vehículos oficiales.
- Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el acuerdo municipal 0401 de 2016 o la norma que lo modifique.
- Las motocicletas.
“Para efectos de acreditación de los vehículos exentos de la prohibición de pico y placa, debe radicarse una solicitud dirigida a la Secretaría de Movilidad de Cali y cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en el decreto 4112.010.20.497 del 01 de julio de 2021 y los respectivos actos administrativos que adicionen o modifiquen su contenido”, explica el decreto emitido por la Secretaría de Movilidad de la ciudad.
Hay que recordar que el orden en que los vehículos tienen restricción cambió el 4 de julio. Durante la primera semana, tras el cambio, no hubo sanciones económicas para quienes infringieron la medida, sino pedagógicas. Acabado ese periodo de gracia, empezaron las multas monetarias. Entonces, los conductores que no paguen el impuesto por congestión, que permite transitar pese al pico y cédula, se enfrentan a las sanciones de rigor.