La famosa medida del “pico y placa” en la capital del Valle entró en vigencia desde el pasado lunes, 22 de enero, según lo informó la Secretaría de Movilidad.
A pesar de que se está realizando una semana pedagógica durante el 22 al 26 del primer mes del año, es clave que los ciudadanos tengan en cuenta que la normativa se encuentra activa y que las autoridades competentes impondrán comparendos educativos a los ciudadanos que la incumplan.
Con el objetivo de informar sobre las restricciones y cambios en el esquema, a continuación, se detallan las disposiciones que estarán vigentes durante esta jornada.
Esta es la rotación del pico y placa en Cali hoy, jueves 25 de enero
Para el hoy jueves, 25 de enero, el pico y placa en Cali es para las placas terminadas en 5 y 6. Durante el primer semestre del 2024, la medida funciona así:
- Lunes: 9 y 0.
- Martes: 1 y 2.
- Miércoles: 3 y 4.
- Jueves: 5 y 6.
- Viernes: 7 y 8.
Cabe recordar que el pico y placa en Cali opera de lunes a viernes, desde las 6 a. m. hasta las 8 p. m., lo que cubre gran parte de las horas de mayor tráfico en la ciudad y cada día de la semana, un par de dígitos de la placa tiene prohibido circular.
Esta medida es una estrategia de control vehicular que busca aliviar la congestión del tráfico y reducir los niveles de contaminación atmosférica.
Así funciona la semana pedagógica del pico y placa en Cali
“Durante esta primera semana, solo tendremos comparendos educativos, esto significa que la persona no recibirá una sanción, pero quien incumpla deberá asistir a un curso de dos horas”, especificó el secretario de Movilidad de Cali, Wilmer Tabares.
En ese sentido, si la persona no asiste al curso obligatorio, la sanción es de 5 salarios mínimos, aproximadamente de 200 mil pesos.
A partir del lunes, 29 de enero, los conductores que infrinjan la norma deberán pagar una sanción correspondiente a 15 Salarios Mínimos Diarios Vigentes, S.M.D.V., equivalente a $615.000 aproximadamente.
Los sancionados podrán acogerse a los descuentos en infracciones de tránsito correspondientes al 50 % o el 25 %, según lo impuesto por el Código Nacional de Tránsito.
Excepciones
- Las motocicletas.
- Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible Eléctrico, Gasolina/Eléctrico o Diesel/Eléctrico.
- Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco (5) toneladas según su licencia de tránsito.
- Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el Acuerdo Municipal No 0563 del 2023 o la norma que le modifique.