El pico y placa es una medida de restricción vehicular adoptada por muchas ciudades en Colombia para controlar la congestión del tráfico y reducir la contaminación del aire. En Cali, esta política es fundamental para mantener el flujo de los carros y mejorar la calidad ambiental.
Conozca a continuación cómo funcionará en la ciudad este martes 3 de septiembre de 2024, además de las excepciones y las sanciones.
Pico y placa en Cali
La rotación del Pico y Placa en Cali se establece según el último dígito de la placa de los vehículos particulares. Bajo esta premisa, la programación de lunes a viernes es de la siguiente manera:
- Lunes: 7 y 8
- Martes: 9 y 0
- Miércoles: 1 y 2
- Jueves: 3 y 4
- Viernes: 5 y 6
Por lo anterior, para este martes los números restringidos son 9 y 0. La medida no aplicará los días sábado, domingo y feriados establecidos por la ley o cuando excepcionalmente lo establezca la autoridad competente.
¿Cómo funcionan el horario y las excepciones?
La Secretaría de Movilidad de Cali estableció que para este segundo semestre del año, la restricción en la circulación de vehículos en el perímetro urbano es entre las 6:00 a. m. y hasta las 7:00 p. m., tomando como referencia el último dígito de la placa.
Durante este horario, los vehículos particulares cuyas placas estén incluidas en la rotación establecida para ese día no podrán circular por las vías de la ciudad.
Sanciones
Incumplir esta restricción en Cali conlleva una sanción económica. El valor del comparendo por esta infracción puede variar dependiendo de la gravedad y el historial del conductor.
Por lo anterior, según la Alcaldía de Santiago de Cali, se aplicará una sanción correspondiente a quince salarios mínimos diarios vigentes (S.M.D.V.), equivalente a $650.000 aproximadamente, además de que el vehículo podría ser inmovilizado.
Durante este horario, los vehículos particulares cuyas placas estén incluidas en la rotación establecida para ese día no podrán circular por las vías de la ciudad.
Excepciones
De acuerdo con el decreto del Pico y Placa en Cali, están exentos de la medida restrictiva los siguientes grupos de vehículos:
- Las motocicletas.
- Vehículos con placas oficiales, híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible eléctrico, gasolina/eléctrico o diésel/eléctrico.
- Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco (5) toneladas, según su licencia de tránsito.
- Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación, establecida mediante el Acuerdo Municipal No. 0563 de 2023, o la norma que la modifique.