El proyecto de ley 235 de 2023, que fue aprobado en primer debate y por unanimidad por la Comisión V de la Cámara de Representantes y que actualmente hace su trámite en el Congreso, dejaría en una compleja crisis financiera a la Corporación Regional Autónoma del Valle, CVC.

Censo Arbóreo CVC. | Foto: El País

La iniciativa busca que las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) del país no sean accionistas de las empresas prestadoras de servicios públicos, lo que afectaría a tan solo dos corporaciones, la de Bucaramanga y la Valle del Cauca. En total son 33 CAR en toda Colombia.

Según Marco Antonio Suárez, director de la CVC, este proyecto de ley lo que dice es que las corporaciones autónomas que tengan acciones en empresas de servicios públicos deben cederlas a los entes territoriales, es decir, a las alcaldías y gobernaciones.

“La única ponente del proyecto de ley cuando hace el análisis de este menciona a la CVC con una participación accionaria en Celsia de

2,64 %, pero ignora que la CVC tiene no solo participación en Celsia sino también en Celsia Colombia Epsa, donde tenemos el 15,91% de las acciones. Además, ignoran que tenemos acciones también en Acuavalle”, explica el director de la entidad.

Según Suárez, estas acciones representan para el patrimonio de la CVC perder $1,4 billones, eso equivale a 36,18% del patrimonio de la Corporación para este año.

“Eso nos obligaría a frenar toda la inversión que tenemos en el departamento y suplir la necesidad del pago de nómina de los trabajadores, de los funcionarios de la CVC, porque ni siquiera nos daría para la nómina, porque con los dividendos de las acciones de Celsia se suplen estas necesidades”, dice.

Por ejemplo, los dividendos recibidos en 2023 de Celsia Colombia SA ESP fueron de $28.350 millones y en el 2022 de $45.739 millones (ver tablas).

“Con esas acciones es que la CVC hace inversión y se paga parte de la nómina. De prosperar este proyecto de Ley sería supremamente grave para la corporación, advierte el funcionario.

Cabe recordar que estas acciones las tiene la CVC porque en el pasado era un generador de energía en la región, hasta que una normatividad ordenó la separación del componente de energía y ambiental.

El abogado Marco Antonio Suárez Gutiérrez Director de la CVC | Foto: El País

“Dentro de esa negociación se nos pagó por la construcción de Salvajina y se nos pagó con acciones. La CVC ha manejado sagradamente esos recursos y los ha tenido rentando, con eso la Corporación ha venido operando”, complementó.

Agrega que en el caso de Acuavalle más que un rédito económico es un compromiso social que se tiene con la región.

“Nosotros al ser socios de Acuavalle podemos invertir recursos en las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, Ptar, del Valle, esa es una obligación de Acuavalle que nosotros apoyamos por ser accionistas, si ese vínculo no existiera no podríamos invertir esos recursos en las Ptar. La CVC, dentro del esquema de Acuavalle es fundamental”, precisó.

Lo que dice la ponente del proyecto de ley

Julia Miranda, ponente única de este proyecto de ley contestó un cuestionario enviado por El País sobre el tema y sostuvo que “los vallecaucanos pueden estar tranquilos, porque esta iniciativa no va a implicar un detrimento a su patrimonio”.

Representante a la Cámara por el Nuevo Liberalismo, Julia Miranda. | Foto: Cortesía

Y añadió: “Las CAR fueron reorganizadas hace 30 años con la ley 99 de 1993 y dejaron de lado el rol de acompañar los proyectos de desarrollo y servicios públicos para asumir un rol de autoridad ambiental”.

Sostiene que este proyecto de ley busca precisamente fortalecer la legitimidad de las CAR, evitando conflictos de interés que puedan comprometer su misión ambiental. Es necesario aclarar que esos recursos se trasladarán al patrimonio de la entidad territorial.

“Es por ello que se proponen mecanismos para garantizar que las CAR continúen recibiendo financiamiento adecuado para su operación, a través de la administración eficiente de sus rentas propias, como el porcentaje ambiental del impuesto predial, tasas, y contribuciones. La intención es que las CAR se concentren en su misión principal, sin las distracciones ni riesgos asociados con la participación en empresas comerciales”.

Según las respuestas enviadas a El País por la senadora, de aprobarse el proyecto de ley, las acciones que actualmente posee la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC, en empresas de servicios públicos domiciliarios como Celsia y Acuavalle, deberán ser cedidas a las entidades territoriales responsables de la prestación de estos servicios.

“Es decir, estos recursos permanecen en el patrimonio público, pero ya no en la autoridad ambiental”, explicó Miranda.

La senadora recalcó que el objetivo de este proyecto de ley es fortalecer la imparcialidad y eficacia en el cumplimiento de las funciones ambientales de la CAR.

“Así, se garantiza independencia y autonomía en las decisiones que debe tomar como autoridad ambiental. Al mantener participación accionaria en empresas de servicios públicos domiciliarios, las CAR se encuentran en una posición de conflicto de interés, ya que deben ejercer funciones de vigilancia y regulación ambiental sobre las mismas empresas en las que son accionistas.

Frente al tema del conflicto de intereses El País conoció una sentencia del Consejo de Estado que daría más luces sobre el tema (ver recuadro subnota de titulada: ¿Conflicto de intereses?)

La CVC recordó que la participación accionaria que tiene en Celsia y Acuavalle representa $1,4 billones, lo que equivale a cerca del 40% del patrimonio de la Corporación.

CVC entregó un sistema de abastecimiento de agua a comunidad indígena ubicada en el sector de La Delfina, en la vía a Buenaventura. Este acueducto abastecerá a más de un centenar de familias. | Foto: El País

Desde algunos sectores señalan que “resulta curioso” que se plantee legislar sobre dos Corporaciones de 33 que existen, “no es la regla general y no se comprende el interés de fondo con este proyecto”.

El Proyecto de Ley no caló bien en las fuerzas vivas del Valle del Cauca

Ante el escenario, José Luis Pérez, presidente del Bloque Parlamentario del Valle del Cauca, manifestó que al perderse esas acciones la Corporación Regional Autónoma del Valle, CVC, perdería capacidad de inversión y de funcionamiento.

“De primera mano yo no estaría de acuerdo con este proyecto de ley. Además, una ley no puede ser por encargo para casos particulares (en este caso solo dos CAR de las 33 que hay en el país)”, aseveró.

Para Pérez este proyecto pudiera estar atentando con un patrimonio que supera los $1,4 billones en acciones ante la Epsa y Celsia, “con ello se causaría un perjuicio que es atentar contra el funcionamiento y la posibilidad de inversión. Esto afectará, además, a trabajadores directos e indirectos de la CVC de manera inmediata”.

Concluyó diciendo que no ve conveniente el tramite y la aprobación de esa ley en el Congreso.

“Tampoco estoy de acuerdo que una ley, de manera quirúrgica, busque vender la parte accionaría de solo dos CAR del país, una ley se debe hacer por beneficio general y segundo nunca se aprueba una ley que vaya en detrimento o lesiones con inversión o funcionamiento y como presidente del Bloque Parlamentaria del Valle, lideraremos una postura en bloque de los congresistas del Valle del Cauca para que revisemos de manera detenida y responsable esta iniciativa que cursa tramite en la Cámara y dar los argumentos técnicos necesarios para nosotros no acompañar esa propuesta”, concluyó.

Por su parte, el diputado del Valle del Cauca, Rafael Rodríguez, sostuvo que tampoco esta de acuerdo con este Proyecto de Ley que impactaría a la inversión del medio ambiente del departamento sobre todo en temas como alcantarillado afectando la calidad de vida de los vallecaucanos.

La CVC realiza obras para la mitigación del riesgo de inundación y erosión de orillas en un sitio crítico en el Río Cali. | Foto: El País

“Este Proyecto de Ley atentaría contra la autonomía de estás corporaciones, sobre todo financieramente, debido a que las CAR ya han encontrado formas de obtención de recursos con los cuales han beneficiado con creces a sus territorios, específicamente la CVC en el Valle”, dijo.

Sostiene que este proyecto de ley habla de ceder esas acciones pero no plantea nada de la compensación económica o el impacto que eso tiene, “nos deja la inquietud si esto repercute, también, en que las CAR respondan óptimamente con su misionalidad como entidad ambiental”.

Complementó diciendo que analizarán en la Asamblea del Valle esta situación con la Secretaría de Medio Ambiente del Valle y el Departamento de Hacienda para saber qué ocurrirá con los más de 20 proyectos estratégicos que tiene la CVC en el Valle.

“Como por ejemplo, las diferentes Ptares que se están construyendo en el Departamento, hace unos días entrego la Ptar en Buga que beneficiará a más de 150.000 habitantes, o la Ptar de Florida dónde está entidad invertirá $20.047 millones. Además de obras, esta Corporación financia proyectos de protección del ambiente y los recursos naturales renovables por un valor de alrededor de $2200 millones”, dijo.

¿Conflicto de intereses?

Frente al supuesto conflicto de intereses planteado de las CAR en el proyecto de Ley, El País tuvo acceso a un sentencia del Concejo de Estado (Sentencia Rad. 2008-00139-00, del 19 de marzo de 2014).

El cual dijo al resolver una demanda en contra de la Corporación Autónoma Regional del Valle, CVC, que no existía conflicto de interés entre la Corporación y la Empresa de Energía del Pacífico S.A. E.S.P. EPSA.

“...Por cuanto los conflictos de interés o las inhabilidades e incompatibilidades, se predican de los representantes legales y los miembros de los consejos y juntas directivas de establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado, sociedades de economía mixta en las que la Nación o sus entidades posean el noventa por ciento (90%) o más de su capital social y de las empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios”, dice el documento.

Y agrega: “… Las inhabilidades se predican de las personas naturales o mejor, en este caso, de los Representantes Legales y miembros de los Consejos y Juntas Directivas de las Corporaciones Autónomas Regionales y no como lo pretende demostrar el actor, respecto de personas jurídicas o de la entidad pública como tal, pues la responsabilidad de las conductas que configuran una inhabilidad se predica de la persona o del servidor público y no de la institución”.

La sentencia resalta que “Partiendo de la base de que las inhabilidades se predican de las personas naturales y en este caso de los Representantes Legales y miembros de los Consejos y Juntas Directivas de las Corporaciones Autónomas Regionales y no de la persona jurídica, no hay lugar a establecer si los directores generales de la CVC, incurren en violación de las disposiciones contenidas en los artículos 40 de la Ley 734 de 20021, Código Disciplinario Único; ni el artículo 30 del C.C.A.2; ni las causales de recusación previstas en el artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, pues, como ya se dijo, estas normas son aplicables a las personas naturales que ejercen función pública y no son predicables de las personas jurídicas como lo es la CVC.”

Embalse Multipropósito de Salvajina. | Foto: El País