Este viernes se conoció que un grupo de ciudadanos pidió a la Corte Constitucional anular la sentencia que despenalizó el aborto en Colombia hasta la semana 24 o sexto mes de gestación.

Así lo indicó un escrito que fue enviado a la Corte, que también estudia una petición de nulidad que fue presentada por la Universidad de la Sabana. Según se indicó, estas peticiones se argumentan en que los solicitantes no están de acuerdo con la fundamentación de la sentencia que fue emitida el pasado 21 de febrero de 2022.


"No existe bien superior más importante que la vida humana que es el fundamento de todos los demás derechos, por lo que ni siquiera un tribunal judicial, internacional o nacional, puede arrogarse el derecho para determinar desde cuándo una vida merece protección constitucional per se", advierte un documento firmado por Alejandro Melo Saade, director jurídico del Ministerio citando al magistrado Jorge Ibáñez.

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Aunque inicialmente se especuló que había sido el Ministerio de Justicia quien envió la solicitud, desde esta cartera aseguraron que fue un grupo de ciudadanos quienes realizaron la petición.

Al respecto, el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, aclaró que no fue su dependencia la que le pidió a la Corte Constitucional anular la sentencia, sino que lo que hizo su cartera fue presentar un concepto sobre el fallo, el cual había sido solicitado por la Corte Constitucional.

"No es cierto que este ministerio sea el autor de la solicitud de nulidad del fallo de la Corte, desde esta cartera se entregó un concepto solicitado por la Corte Constitucional ante una petición de un grupo de ciudadanos", explicó el ministro Ruiz.

De acuerdo con la petición, en la sentencia hubo irregularidades en la expedición de la sentencia porque, presuntamente, se habrían presentado irregularidades en el estudio de las ponencias que presentaron los magistrados Antonio José Lizarazo y Alberto Rojas Ríos. 

Frente a ello, se conoció que la participación del conjuez Julio Andrés Ossa habría sido inadecuada porque, según se indicó, intervino en un debate sobre un resolutivo distinto al que se presentó en la sala del 20 de enero. 

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“El conjuez que se sorteó para desempatar la votación realizada el 20 de enero de 2022 sobre la ponencia que propuso la inexequibilidad del artículo 122 del Código Penal, ni siquiera se pronunció sobre dicha ponencia, sino sobre la alternativa de resolutivo que propuso la declaratoria de exequibilidad condicionada, la cual no se había discutido y mucho menos se había votado”, dice uno de los apartes del texto.

El documento añade que, por lo anterior, la intervención del conjuez Ossa Santamaría en la sala fue “a todas luces improcedente”.

Cabe recordar que con cinco votos a favor y cuatro en contra, el 21 de febrero de 2022 la Sala Plenaria de la Corte Constitucional decidió despenalizar totalmente el aborto hasta la semana 24 de gestación.

La decisión se tomó luego de más de ocho horas de debate en las
que el conjuez Julio Andrés Ossa admitió la ampliación de la despenalización total del aborto en Colombia hasta los seis meses de embarazo, esto después de que estudió la demanda presentada por el movimiento Causa Justa, compuesta por varias organizaciones de defensa a los derechos de las mujeres.