Un cambio muy significativo en la forma como cumplen sus penas las personas que son condenadas por un delito menor en el país, y en especial las mujeres, comenzará a operar en Colombia en unas semanas cuando sea sancionada la ley que establece castigos a madres cabeza de familia por delitos menores como hurto o tráfico de droga.

La ley va a permitir que estas mujeres puedan pagar su condena no en la cárcel sino con su trabajo. Aunque el presidente de la República, Iván Duque, había objetado esta norma, la Corte Constitucional rechazó sus objeciones. El siguiente paso debe ser la sanción de la misma.

"Cuando detienen una mujer cabeza de hogar con hijos menores, la pena es doble, la detienen a ella y le imponen otra pena a sus hijos menores, que consiste básicamente en que ya no tendrán hogar, ya no tendrán a su madre, que era la única cuidadora, para que los oriente, los eduque y los cuide, es una doble pena”, sostiene el senador Rodrigo Lara Restrepo, uno de los autores del proyecto.

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De acuerdo con Lara, esta política criminal está provocando nuevos ciclos de crimen, pues los hijos de estas mujeres que pierden a la persona que los cuidaba y los orientaba, corren un mayor riesgo de verse ellos también involucrados en el delito.

Lara citó una encuesta realizada por la Universidad Javeriana y el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) que concluyó que cerca del 40% de los niños que pierden a su madre quedan en condiciones precarias, abandonan la escuela, caen en el consumo de alcohol o drogas, y en múltiples riesgos, como que sean más propensos a delinquir.

“¿Qué puede hacer un muchacho distinto a entrar en estos ciclos del crimen cuando no tiene hogar, cuando entra en las drogas o en el alcohol, y cuando fue desescolarizado? ¿Qué vio o qué aprendió en su casa? Aprendió el oficio de su madre que era por ejemplo vender pequeñas papeletas de droga. ¿Qué más se le puede pedir a esos niños que no han tenido un hogar? ¿Qué se le puede pedir a una persona con una niñez destruida?” agregó Lara.

¿Pero, cómo operarán estas penas alternativas?

En primer lugar, este castigo no se aplicará a todas las mujeres. Solo a las que cumplan determinados requisitos: demostrar que la comisión del delito está asociada a condiciones de marginalidad, que el delito por el cual se les condena, tengan una pena menor a 8 años de prisión, entre otros.

De acuerdo con Lara, varios países han adoptado políticas de este estilo, pues se considera que la resocialización se puede obtener a través del trabajo. “El trabajo dignifica, el trabajo libera, el trabajo realiza, y le da significado y sentido a la vida de las personas, aquí lo que queremos es reemplazar la pena de prisión por delitos menores, cometidos sin violencia y por primer vez, por parte de una mujer pobre con hijos, que dependen de ella, por una pena de trabajo efectivo”, afirmó.

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También para las madres puede ser positivo, pues las cárceles son consideradas escuelas del crimen, en las que más que resocializarse los presos pueden hacer nuevos vínculos que los lleven de nuevo a delinquir.

¿Es posible que una madre pueda aprovecharse de este beneficio para evadir su pena? El abogado penalista, Sócrates Saavedra, responde que “no se puede pretender aplicar una norma pensándose desde su incumplimiento".

Sin embargo, señala que para eso existen medidas para controlar y verificar el cumplimiento de la pena. La madre cabeza de familia que incumpla, perderá el beneficio y en ese caso deberá ir a la cárcel.

Para eso, de acuerdo con la norma, las entidades en donde las mujeres estén cumpliendo su trabajo deberán informar mensualmente al Juez de Ejecución de Penas, la actividad que vienen desarrollando y certificar que están cumpliendo.