La pensión es uno de los beneficios laborales más importantes para cualquier trabajador, ya que garantiza una estabilidad económica durante la etapa de la vejez. En Colombia, el sistema de pensiones está compuesto por dos regímenes: el régimen de prima media con prestación definida, administrado por Colpensiones, y el régimen de ahorro individual con solidaridad, administrado por las diferentes administradoras de fondos de pensiones, AFP.
A pesar de que la edad de pensión en Colombia es de 62 años para los hombres y 57 años para las mujeres, existen algunas opciones para pensionarse antes de cumplir la edad establecida. Sin embargo, existe la opción de pensión anticipada, que básicamente se trata de programar la pensión para recibirla antes de cumplir esa edad.
Esta pensión se concede a los trabajadores que hayan cotizado un número de semanas determinado y que no hayan alcanzado la edad de pensión establecida. Para poder acceder a la pensión anticipada, los trabajadores deben cumplir con los siguientes requisitos: tener al menos 55 años de edad, haber cotizado un mínimo de 1300 semanas y tener una disminución en su capacidad laboral del 20% o más.
La pensión anticipada por vejez se calcula en función del tiempo que el trabajador haya cotizado y del salario que haya recibido durante ese período. Sin embargo, en este tipo de pensión, se aplica una reducción en el valor de la pensión del 0.5% por cada mes de anticipación a la edad de pensión. Es decir, si un trabajador se pensiona anticipadamente con 60 años y la edad de pensión es de 62 años, su pensión se reducirá en un 10% (20 meses de anticipación x 0.5%).
Es importante tener en cuenta que la tasa de interés utilizada para el cálculo de la pensión puede variar en función de las condiciones del mercado financiero, lo que puede afectar el valor de la pensión.
Por otro lado, los trabajadores que hayan cotizado en el régimen de ahorro individual pueden acceder a la pensión anticipada mediante el retiro programado. Esta es una opción que permite a los trabajadores acceder mensualmente a una suma de dinero de su cuenta de ahorro individual para financiar su pensión.
De esta manera, los trabajadores deben cumplir con los siguientes requisitos: tener al menos 50 años de edad, haber cotizado un mínimo de 1000 semanas y tener una cuenta de ahorro individual con un saldo suficiente para financiar su pensión.
En esta alternativa, el trabajador puede elegir libremente el monto mensual que desea retirar de su cuenta de ahorro individual. El monto del retiro se determina en función del saldo de la cuenta, la expectativa de vida del trabajador y las tasas de interés del mercado financiero.
De acuerdo con lo anterior, se debe tener en cuenta que, en el retiro programado, el trabajador asume el riesgo financiero de la inversión y que el monto de la pensión puede variar
Otras opciones
Para pensionarse anticipadamente es la pensión de sobrevivientes. Esta pensión se concede a los familiares del trabajador que fallece y que hayan cotizado un número de semanas determinado. La pensión de sobrevivientes se concede a los cónyuges, compañeros permanentes, hijos menores de edad o hijos mayores de edad con discapacidad.
También esta la pensión por invalidez. Esta pensión se concede cuando un trabajador sufre una enfermedad o accidente que lo incapacita para trabajar y tiene una pérdida de capacidad laboral superior al 50%. En estos casos, el trabajador puede solicitar la pensión por invalidez sin importar su edad. La pensión por invalidez se calcula en función del tiempo que el trabajador haya cotizado y del salario que haya recibido durante ese período.