En Colombia es muy común ver a personas que tienen carros trabajando en plataformas digitales que en el país no están reglamentadas como Indrive, Uber, Didi o Cabify y en moto como Picap, Uber y Cabify, ante las pocas posibilidades de trabajo o como una entrada extra para sus hogares.
Ese grupo de personas, de ser sorprendidos en esa labor por un puesto de control de Agentes de Tránsito, estarían en riesgo a una multa económica y posiblemente a la inmovilización del vehículo.
Sin embargo, cuando son detenidos en el puesto de control, es muy común en los conductores decir que no les pueden imponer comparendos porque no han cometido infracciones.
Ante eso, los Agentes de Tránsito realizan su labor conforme a lo que establece el Código Nacional de Tránsito, en donde se sanciona a los conductores que incurren en la infracción D12.
Esa infracción es conocida como ”transporte ilegal”, la cual, está contemplada en el Código Nacional de Tránsito y va dirigida a los conductores que usan automotores con propósitos no autorizados a la licencia, es decir que, el carro o moto es de uso familiar y no público.
El monto a pagar
La persona que sea sorprendida trabajando en su carro en las plataformas Indrive, Uber, Didi o Cabify y en moto como Picap, Uber y Cabify, se exponen a una multa de hasta 30 salarios mínimos legales vigentes, es decir $1.299.990 y a la posible inmovilización del vehículo dependiendo las veces que incurra en la infracción.
En ese último punto, si la persona a incurrido en la misma infracción una, dos o tres veces, el automotor sería inmovilizado cinco, 20 o 40 días, respectivamente.