A través de una demanda que fue interpuesta por el abogado Santiago Suárez hace unos meses, el Consejo de Estado vinculó a cuatro guerrilleros que hacen parte de las disidencias de las Farc, con el propósito de que respondan ante el alto tribunal sobre las razones por las que el demandante buscar tumbar sus nombramientos como gestores de paz.

Los gestores de paz y disidentes son: Edgar de Jesús Orrego Arango, alias ‘Leo o Firu’; Diego Armando Vargas Betancourt, alias ‘Boyaco’; Wenser Yosony Duque, alias ‘Oliver Gonzales’, y María Alejandra Ojedo.

“Vincular por tener interés en el resultado del proceso, a los que señores Edgar de Jesús Orrego Arango, Wenser Yosony Sabana Duque, María Alejandra Ojedo Londoño y Diego Armando Vargas Betancourt, por las razones expuestas en el presente proveído”, se lee en el documento del fallo del Consejo de Estado.

Los magistrados encargados de analizar la demanda pidieron el traslado de la solicitud de medidas cautelares para que se les aplique a los cuatro disidentes, con el objetivo de que en los cinco días hábiles después de la notificación de la providencia puedan dar sus declaraciones sobre el fallo. | Foto: Suministrada a SEMANA API

A renglón seguido, se les pide a los disidentes demandados que a los cinco días después en que se les haya notificado esta decisión judicial, den a conocer cuáles serán las instalaciones físicas o los canales digitales por los que van a ser notificados personalmente sobre la presente providencia.

“Notifíquese personalmente esta providencia a los señores Edgar de Jesús Orrego Arango, Wenser Yosony Sabana Duque, María Alejandra Ojedo Londoño y Diego Armando Vargas Betancourt, el auto del 18 de octubre de 2024 por medio del cual se corrió traslado de la solicitud de medida cautelar. Correr traslado de la demanda atendiendo el término previsto en la disposición legal aplicable, para que los terceros interesados puedan contestarla”, afirma el alto tribunal.

Posteriormente, los magistrados encargados de analizar la demanda pidieron el traslado de la solicitud de medidas cautelares para que se les aplique a los cuatro disidentes, con el objetivo de que en los cinco días hábiles después de la notificación de la providencia puedan dar sus declaraciones sobre el fallo.

Los disidentes de las Farc demandados fueron nombrados gestores de paz algunas semanas después en que fueron detenidos en julio del 2024 por las autoridades cuando se transportaban en una caravana de camionetas de la Unidad Nacional de Protección (UNP) en la vía Medellín-Anorí. | Foto: Cortesía

“Venciendo el término para que los señores Edgar de Jesús Orrego Arango, Wenser Yosony Sabana Duque, María Alejandra Ojedo Londoño y Diego Armando Vargas Betancourt se pronuncie sobre la solicitud de medida cautelar, por Secretaría, ingresar el cuaderno de medidas cautelares al Despacho para proveer lo que en derecho corresponda”, puntualizó el Consejo de Estado.

Cabe recordar que esta demanda surgió porque alias Firu y los demás tres disidentes de las Farc fueron nombrados gestores de paz algunas semanas después en que fueron detenidos en julio del 2024 por las autoridades cuando se transportaban en una caravana de camionetas de la Unidad Nacional de Protección (UNP) en la vía Medellín-Anorí. Sin embargo, quedaron en libertad a raíz de una polémica resolución de la Fiscalía.