Dos demandas que piden la despenalización total del aborto en Colombia y declarar la inconstitucionalidad del artículo 122 de la ley 599 del 2000, en donde se establece que “La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses”, tienen en vilo a la Corte Constitucional.

El proceso, que lleva más de un año y medio y que ha presentado toda clase de retrasos, hoy se encuentra en manos de dos conjueces, que deberán desempatar las cargas de una Sala Plena que parece no ponerse de acuerdo y que en la votación de las dos ponencias quedaron 4-4. Julio Andrés Ossa y Juan Carlos Henao son los encargados de esta tarea.

Lo anterior dado a que hay dos demandas, se estudian dos ponencias y es necesario que cada uno de los conjueces revise los procesos.

Se ha anticipado que lo primero que hará la Sala, es determinar si en las discusiones puede o no participar el conjuez de corte liberal Juan Carlos Henao, luego de que este fuera recusado por organizaciones cristianas, que aseguran que dio su postura sobre el aborto en medios de comunicación.

No obstante, una nueva propuesta se puso en las últimas horas sobre la mesa de los magistrados: que se despenalice totalmente el aborto hasta la semana 24 de gestación, es decir, hasta los seis meses de embarazo.

La propuesta la realizaron los magistrados Alberto Rojas Ríos y Antonio José Lizarazo, ponentes que pedían que se quitara el delito del Código Penal. La petición la realizan los togados bajo la premisa de que un feto solo alcanza una probabilidad superior al 50 % de desarrollar vida por fuera del útero después de ese tiempo.

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Esos documentos propondrían, que después de ese tiempo se aplicara la penalización para quienes practiquen el aborto por fuera de las tres causales permitidas desde 2006 (malformación del feto, peligro de vida de la madre y violación).

Por ahora, la sala plena de la Corte Constitucional no ha determinado si acoger esa nueva propuesta o no. Lo cierto es que esas propuestas se deben debatir con la participación de todos los magistrados incluidos los dos conjueces.

Se sabe que el magistrado Rojas propone que, una vez hayan pasado esas semanas, las mujeres también podrían recurrir a las tres causales que ya existen si desean interrumpir el embarazo con más de seis meses.

Por otro lado, la ponencia de Lizarazo sostiene que “la penalización del aborto vulnera los derechos sexuales de las mujeres; desconoce su libertad de conciencia, va en contra de principios del derecho penal y atenta contra las mujeres especialmente vulnerables, como migrantes, indígenas y afro”.

Los magistrados apelan al fallo de la Corte en el que se amplió el derecho a la muerte digna, más conocida como eutanasia, que dice que cuando dos o más derechos estén en tensión no se debe privilegiar a ninguno de los dos, sino escoger una vía intermedia que los proteja.

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¿Qué pasará tras el debate?

Si un proceso adopta una decisión de inconstitucionalidad, el otro estaría resuelto en esa decisión, explica la abogada constitucionalista Magdalena Correa.

“Si se declara contraria a la constitución la norma (que penaliza el aborto), se acaba la discusión, la norma muere. Pero, no necesariamente ocurre eso, si no se declara constitucional o se condiciona bajo determinadas razones. Un nuevo juez puede sumar razones o contemplar razones que no se tuvieron en cuenta en el caso anterior y que podrían dar lugar a la declaratoria de la inconstitucionalidad”, explica la abogada.

Entre tanto, el constitucionalista Néstor Osuna, asegura que “la incidencia de la primera decisión en la segunda sí puede ocurrir, pero no es automática (…), puede ocurrir que una sentencia no tenga necesaria incidencia sobre todos los asuntos sobre los que trate la otra”.

El nuevo debate se realizará este jueves, con presencia del conjuez Juan Carlos Henao.