Ante el caso de genocidio de la Unión Patriótica (UP) por parte del Estado colombiano, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) dio un contundente fallo.
De hecho, la Cidh encontró responsable al Estado colombiano de la desaparición de cada uno de los integrantes de dicho partido entre los años 80 y los 90.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró al Estado de Colombia responsable por la violencia sistemática y generalizada mediante actos de desaparición forzada, asesinatos, masacres, ejecuciones extrajudiciales, amenazas, atentados, judicializaciones indebidas, tortura y desplazamientos forzados entre otros; que llevó al exterminio por razones políticas del partido político Unión Patriótica”, afirmó el Ministerio de Defensa a través su cuenta oficial de X, red social antes conocida como Twitter.
Después de la primera participación electoral del partido, la violencia se intensificó, pues sucedió el asesinato de dos candidatos presidenciales: Jaime Pardo Leal y Bernardo Jaramillo Ossa. Asimismo, la muerte de congresistas, concejales, líderes sindicales, estudiantes, artistas, y otros miembros de la sociedad.
“La UP participó en las campañas presidenciales de 1986 y de 1990, con las candidaturas de Jaime Pardo Leal y de Bernardo Jaramillo, respectivamente. Jaime Pardo Leal fue asesinado el 11 de octubre de 1987 y Bernardo Jaramillo el 22 de marzo de 1990. Luego del asesinato de Jaramillo, la Unión Patriótica decidió no participar en las elecciones presidenciales del 27 de mayo de 1990 por falta de garantías. Sin embargo, el resultado de la violencia que se ejerció contra los liderazgos nacionales de la UP fue lo que precipitó un declive de su influencia nacional, aunque siguió jugando un importante rol a nivel local”, señala el documento de la sentencia.
El organismo ordenó como medida de reparación que estos hechos la sociedad los conozca, con el fin de que no se vuelva a repetir.
Por lo anterior, se pidió “la publicación de la sentencia a través de las redes sociales oficiales de la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Fiscalía General de la Nación”.
Con el fin de garantizar la memoria y reparación de las víctimas, la Corte Interamericana propuso las siguientes medidas:
- Construcción de un monumento en recuerdo.
- Creación de una comisión para constatar la identidad y parentesco de las víctimas.
- Realización de investigaciones amplias y sistemáticas para establecer la verdad de los hechos.
- Búsqueda del paradero de las víctimas desaparecidas.
Cabe mencionar que el órgano judicial fijó indemnizaciones por daños materiales e inmateriales. Así como también, contribuciones a la restitución de las víctimas de desplazamiento forzado, gastos por tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico, y el reintegro de costas y gastos.
“La Comisión consideró que se debe indemnizar, tanto por el daño material como por el daño inmaterial, a los familiares de las víctimas asesinadas y desaparecidas, así como a las víctimas ‘desplazadas internamente y exiliadas’, ‘criminalizadas de manera infundada’ y ‘de amenazas contra su vida e integridad personal, incluyendo sobrevivientes de tentativa de homicidio’. Sostuvo que para una ‘indemnización adecuada’ debe ser tomado en cuenta si se trata de ‘personas y/o núcleos familiares que fueron víctimas de varias violaciones’, así como tener en cuenta para la totalidad de las indemnizaciones ‘las violaciones derivadas de la denegación de justicia’”, se lee en el documento.