A solo un mes de acabarse el 2024, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), informó que en este año se cerraron 35 establecimientos de comercio en Bogotá por no emitir facturación electrónica en sus ventas.
Los cierres se generaron durante operativos que viene realizando la Dian en todo el territorio nacional y según el ente regulador, entre julio y noviembre de este año se han registrado alrededor de tres mil 103 millones de facturas electrónicas.
La facturación electrónica es un requisito que se ha ido implementando hace ya varios años y según la Dian ya es tiempo que este mecanismo se haya normalizado en la mayoría de establecimientos comerciales de Colombia.
Por eso la Dian adelanta operativos de control permanentes, a través de campañas informativas que buscan sensibilizar a los comerciales y compradores sobre la importancia de cumplir con este requisito establecido dentro del Estatuto Tributario con el que se contribuye al recaudo de impuestos para invertir en el país.
Los requisitos que deben cumplir todas las personas naturales son los siguientes: aquellas personas que tengan ingresos en ventas que superen los 3.500 UVT, que corresponden a $148.442.000 anualmente, es decir, un promedio diario en ventas de $412.338.
Aquellas personas a las que la Dian les hace seguimiento tras encontrar irregularidades en la facturación electrónica deben estar sujetas a un proceso de verificación que consta de las siguientes 4 etapas.
Primero, la Dian realiza una visita al local y si se encuentra alguna irregularidad. La entidad formula un pliego de cargos y le da 10 días hábiles para que el comerciante responda y de sus argumentos por el cumplimiento y así evitar las sanciones. Durante esta fase, al menos en Bogotá se han formulado cargos a 129 establecimientos comerciales en este 2024.
En la segunda fase, la Dian verifica las evidencias recogidas y dependiendo de la situación puede descartar el proceso a ratificarlo, el proceso puede tardar hasta 6 meses.
En la tercera fase, si los cargos son confirmados, la entidad emite un fallo que sanciona al establecimiento con un cierre de tres días y da 10 días más que se interpongan los recursos de reposición que considere el sancionado. Si pasado los 10 días se evidencia el incumplimiento, la entidad emitirá otro fallo y esta vez el cierre será por 10 días.
En cuarta fase, la Dian con todas las pruebas recogidas y si se evidencia las irregularidades son comprobadas y son reiterativas, multa al establecimiento.
Cabe destacar que; durante todo el proceso, el establecimiento puede acogerse a un pago de una multa que equivale al 10% de las ventas del mes anterior para subsanar el incumplimiento y en esta etapa se han recaudado $533 millones por sanciones a 39 comercios de Bogotá.
En cuanto a la participación nacional frente al cumplimiento de la factura electrónica, la mayoría es aportada por los grandes contribuyentes en las grandes ciudades de Colombia con los siguientes aportes: 52,0%, Impuestos Bogotá el 13,6%, Impuestos Medellín el 9,1%, Impuestos Cali 3,5%, Impuestos Barranquilla 2,6% e Impuestos y Aduanas Bucaramanga el 2,1%. A las demás seccionales en todo el país les corresponde el 17,1% restante.