Al resolver una acción de tutela, la Corte Constitucional estableció que la endometriosis es una enfermedad que puede llegar a impedir un buen desempeño laboral de las mujeres, por lo que es un argumento válido para solicitar incapacidad.
Todo comenzó con un recurso legal interpuesto por una mujer identificada como Denis Pérez, quien fue despedida de su trabajo en enero de 2023 luego de complicaciones derivadas de su endometriosis.
Ella llevaba tres meses siendo asesora de la empresa Altillos Temporales SAS. Luego, se vio obligada a comenzar un procedimiento médico para tratar un tumor en sus ovarios. Tras varios análisis creyendo que podría ser un cáncer, el diagnóstico que zanjó todo indicó que era endometriosis.
Es decir, Denis padecía una enfermedad crónica incurable que llega a tocar a una de cada diez mujeres en el mundo. Se dice que unos 176 millones de personas menstruantes en el mundo llegan a padecer esa condición desde que empiezan a tener periodos hasta que llega la menopausia.
Lo más cercano a un balance es un dato aportado por la Asociación Colombiana de Endometriosis e Infertilidad (Asocoen): Más de tres millones de mujeres podrían estar diagnosticadas justo ahora, mientras que unas cinco millones podrían estar pasando por los síntomas sin conocer una valoración.
Denis llegó a conocer su dictamen, se operó y solicitó una licencia no remunerada por el tiempo que podría pasar para su recuperación. Dos días antes del inicio de su licencia, el 13 de enero, su supervisora le dijo que tenía que hablar con otro representante.
“Ese funcionario, en una entrevista realizada mediante la plataforma de Teams, le indicó a Denis Pérez que su contrato se daría por terminado porque la densidad de servicios había disminuido y, por ende, no era necesario continuar con su vinculación, pues estos dependían de que la obra o labor para la que fue contratada persistiera, lo que ya no era el caso”, relata la Corte.
A pesar de ese mensaje, Denis Pérez sostuvo que solamente la despidieron a ella, así que empezó un recorrido jurídico que tiempo después llegó al despacho de la magistrada Natalia Ángel Cabo, de la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional.
“La endometriosis se caracteriza por ser una enfermedad incapacitante para las mujeres, hombres trans y personas no binarias que ha sido muy poco estudiada”, dice la sentencia de la Corte, y añade que es la primera vez que se pronuncia sobre “cómo entender la gravedad de esta enfermedad en conflictos laborales”.
Endometriosis, una enfermedad que afecta la capacidad de trabajar
La Corte Constitucional explicó que es una enfermedad que afecta “gravemente” la capacidad de trabajar, por lo que necesita una atención diferencial de parte de los empleadores a partir de cuatro motivos.
El primero, que afecta mayormente a las mujeres, “aunque también puede ser experimentada por hombres trans y algunas personas no binarias, por su dependencia del estrógeno y por tratarse de una afectación del tejido uterino”.
El segundo es que la investigación académica y científica sobre la endometriosis “ha sido poca”. En tercer lugar, “sus síntomas incluyen dolor crónico, infertilidad y afectaciones a los sistemas reproductivos y digestivos”. Por último, su diagnóstico puede llegar tarde, así como su tratamiento.
“Es por ello que esta enfermedad podría afectar la capacidad de las mujeres para trabajar, porque requiere de una atención médica especializada que puede llegar tarde, al tiempo que genera dolores graves, dificultades digestivas y alteraciones del ciclo menstrual que pueden impedir o dificultar que la trabajadora cumpla con sus funciones”, destacó el alto tribunal.
Luego de todos los argumentos para su decisión, la Corte le ordenó a la empresa donde Denis trabajaba que la reintegre, si la señora así lo desea, en un puesto de igual o superior jerarquía. Además, en cinco días tendrá que pagar los salarios y prestaciones que la mujer dejó de recibir luego del trato discriminatorio del que fue objeto.
Asimismo, el tribunal de lo constitucional le ordenó al Ministerio de Trabajo que en un año “defina o formule una política sobre acceso y estabilidad en el empleo” basada en la investigación y definición de parámetros “sobre el impacto de la endometriosis en el espacio laboral”, con el fin de formar a los empleadores con perspectiva de género.
“Esa formación deberá tratar sobre las protecciones legales y constitucionales que les asisten a estas personas cuando esas condiciones afectan su capacidad para trabajar, de tal manera que los empleadores sepan cómo actuar en estos casos y para que efectivamente cumplan la Constitución y la ley. En estos espacios pedagógicos se deberá abordar el caso de la endometriosis y su situación de invisibilización”, concluyó la Corte.
Cabe resaltar que el Ministerio de Trabajo no es el único que debe elaborar una política pública acerca de la endometriosis. El Ministerio de Salud, desde que en octubre de este año se sancionó la Ley de la Endometriosis y se estableció que es una enfermedad crónica progresiva y debilitante, tiene un año para formular una política pública que aborde el tema integralmente.
*Con información de Colprensa.