A través de un boletín de prensa emitido este jueves, 11 de enero, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, le reiteró y recordó a los colombianos que la vigencia de la inscripción al Registro Único Tributario (RUT) es indefinida, por tanto, ninguna empresa, persona u organización puede exigir su renovación.
Ante ello, se explicó que los inscritos en el RUT solamente deben actualizarlo si han tenido cambios en los datos de identificación, ubicación o clasificación que registraron previamente.
En caso de que a un ciudadano se le solicite dicho documento con fecha de actualización reciente en la casilla 61, este podrá entregar una copia del mismo e informar que se puede verificar la fecha de generación del documento en la parte derecha del pie de página del formulario.
En la misiva, la entidad recaudadora señaló que los trámites de inscripción y actualización del RUT no tienen ningún costo y se pueden hacer de forma virtual en la página web de la Dian, excepto la actualización de los datos de identificación y el retiro de responsabilidades, que se hacen en puntos de atención.
De otro lado, se reiteró que la inscripción en el RUT podrá ser suspendida si la información presenta errores, está incompleta, es inconsistente o no corresponde a la realidad. “Por eso es clave que los contribuyentes revisen sus datos y los actualicen -de ser necesario- para evitar sanciones”, se lee en uno de los párrafos del documento.
Vale desatacar que otras de las diligencias y tramites que se pueden adelantar a través de los servicios digitales de dicha entidad, aparte de la inscripción y actualización del RUT, son los siguientes: Obtención de copia del RUT; solicitud de cancelación del RUT; solicitud del RUT para consorcios y uniones temporales; y solicitud de retiro de algunas responsabilidades.
Finalmente, la entidad recaudadora puntualizó en la misiva que “tener los datos correctos, completos y actualizados en el RUT le permite a la Dian contar con información veraz y confiable para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias”.