La Corte Suprema de Justicia, dio su respaldo al embargo y secuestro de dos perros en un divorcio civil decretado por un juzgado de familia.
Según el caso en cuestión, la mujer divorciada alegaba que debía quedarse con los perros ‘Romeo’ y ‘Salvador’; debido a que hacían parte de la familia, tenían una relación fraternal con sus hijos y, por tanto, no deberían ser separados de ellos. No obstante, la sala permitió el embargo de las mascotas en medio de la disputa de su separación, con el argumemto de que esa causal no podía alegarse a través de tutela sino que debió exponerse ante el juez del caso.
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Frente a la decisión salvó su voto el magistrado Aroldo Wilson Quiroz, quien aseguró que la sala desaprovechó la oportunidad para dar directrices sobre una figura novedosa en Colombia, como es la familia multiespecie y el reconocimiento de los perros como receptores de afecto.
“No podemos ignorar lo que está sucediendo. La sociedad cada día está más despersonalizada y virtualizada, la interacción física ha disminuido, la tasa de natalidad ha decrecido y aumenta la flexibilidad en las relaciones sentimentales; aquí los animales llegan a ocupar un rol que antes tenían los seres humanos, convirtiéndolos en receptores de afecto y cuidado”, expresó.
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Y agregó: “Lejos de ser cosas o meros seres sintientes, son -en verdad- sujetos con quienes se tejen lazos de amor, solidaridad y compañía”.
Según expresó el magistrado, la decisión evaluó los requisitos formales sobre la medida cautelar, pero “olvidó los aspectos tocantes al bienestar animal y el rol que estos tienen dentro del núcleo familiar en que conviven y la garantia de su buen vivir, condiciones indispensables para que la determinación judicial respete el marco constitucional”.