Las cámaras de fotodetección son elementos tecnológicos de control y vigilancia del cumplimiento de las leyes de tránsito, que están ubicadas en puntos críticos en materia de siniestralidad vial. De acuerdo con la Secretaría de Movilidad de Bogotá, estás tienen el propósito de reducir el número de víctimas, fatales y lesionadas, que resultan por el incumplimiento de normas, como el exceso de velocidad.
Además, dentro de los objetivos también está concientizar a la ciudadanía que infringir las normas de tránsito, genera factores de riesgo a todos los actores viales.
¿Cuáles son las infracciones más comunes detectadas por las cámaras?
- Exceso de velocidad (C29)
- No realizar la revisión técnico – mecánica (C35)
- No respetar el paso de peatones (C32)
- Conducir sin portar los seguros obligatorios de accidentes de tránsito (D02)
- Conducir por sitios o en horas prohibidas por la autoridad (C14)
Ubicación de las cámaras de fotodetección en Bogotá
Las localidades de Bogotá con más cámaras de fotomultas, de acuerdo con el mapa suministrado por la Secretaría de Movilidad de Bogotá, son: Suba y Chapinero con 19, seguido de Kennedy con 18, Usaquén con 15 y Engativá con 13.
- Para conocer la ubicación de las cámaras debes ingresar a la página https://fotodeteccionbogota.com/.
- Después ubicar el “mapa cámaras de fotodetección en Bogotá”.
- En el mapa tienes disponible un buscador según la dirección o lugar del que quieras información.
- En el mapa dónde encontrarás en detalle las direcciones y otros datos de las cámaras de fotodetección.
Procedimiento para detección de infracciones
Las cámaras de fotodetección están activas de manera continua las 24 horas del día, los siete días de la semana y permiten tomar evidencias de las presuntas infracciones de tránsito.
Este material es validado por Agentes de Tránsito de Policía y Civiles para imponer los comparendos a que haya lugar.
- El dispositivo captura la presunta infracción (fotos y/o videos) de tránsito.
- Envía en línea las evidencias a los Agentes de Tránsito.
- Realiza consulta automática en el RUNT para validar datos del vehículo.
- Si se impone el comparendo se notifica al propietario del vehículo.
- Comienza el proceso contravencional una vez notificado el comparendo.
- El proceso de Detección Electrónica de Infracciones finaliza con el paso 5 e inicia el proceso contravencional una vez notificado el comparendo.
- Si no se impone el comparendo, la evidencia rechazada es archivada.