Luego de que el pasado miércoles, 22 de febrero, el Ministerio de Transporte y los taxistas, llegaran a un acuerdo para levantar el paro nacional convocado por estos transportadores, se conoció que uno de los 17 puntos que se trataron, es el de reforzar los controles sobre las aplicaciones de transporte.
A través de una circular, la Superintendencia de Transporte estaría emitiendo esta reglamentación con la que se busca tener mayor control sobre las plataformas móviles que presten este servicio de manera "ilegal".
Le puede interesar: ¡La temperatura sube! Sensación térmica en Cali está llegando hasta los 39 grados cada día
Así lo dio a conocer, Blu Radio en exclusiva, pues en el documento se subraya que: “Esta Superintendencia exhorta nuevamente a las autoridades de transporte y tránsito al cumplimiento de sus funciones de inspección, control y vigilancia, en coordinación con el cuerpo de control operativo y policivo, adelantando las acciones pertinentes que velen por el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte, por la adecuada prestación del servicio público de transporte e impidan todas las operaciones que se den bajo la informalidad e ilegalidad que afecten este servicio público esencial y a la construcción y despliegue de estrategias integrales y transversales que permitan evidenciar resultados en la gestión o, cuando menos, que permitan advertir que en su jurisdicción se asume el control de la informalidad e ilegalidad en el transporte con la importancia y prioridad que exige la magnitud y la tendencia del fenómeno, pero sobre todo, que exigen sus consecuencias adversas a la seguridad de las personas y a la calidad de vida en el territorio”.
Así las cosas, para la Superintendencia de Transporte, los usuarios no conciben el riesgo que implican estas plataformas digitales.
“Aparentaría ser una ventaja y, en este sentido, ser defendida por prestadores de servicios sin autorización y usuarios que no conciben el riesgo que implica la actividad. Las consecuencias negativas que sobre la movilidad en general proyectan estas actividades irregulares, es tan solo una manifestación evidente de una tarea deficiente, inconclusa o pendiente de las autoridades”
Lea aquí: La empresa AIA será la encargada de construir nuevo proyecto de vivienda de Ciudad Paraíso
Asimismo, este organismo de control señaló que el tema debe de ser tratado en tres aspectos. El primero de ellos, sobre la configuración de un contexto social y económico que brinde mayores oportunidades a los ciudadanos, el segundo, que, "mediante decisiones de organización del transporte, de un servicio público formal que permitan satisfacer adecuadamente las necesidades de movilización de los usuarios” y el tercero, que haya más control, inspección y vigilancia por parte de las autoridades.
Frente a las multas, la entidad precisó que: “el artículo 131 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, en su literal D.12. Posibilita la inmovilización de vehículos particulares destinados a la prestación del servicio público y la imposición de una multa de treinta salarios mínimos legales diarios vigentes el conductor”, pero dice la autoridad que “no sé límite a él las estrategias para hacer frente al fenómeno”.
Cabe resaltar, que la entidad fue enfática en decir que las autoridades deben de cumplir a cabalidad con esta normativa, sin importar el aumento del fenómeno, lo que significa que deben tener acciones más precisas y concretas en cada uno de los ejercicios de inspección, vigilancia y control que les corresponden.
Por último, es de anotar que este borrador no es la circular final que emitirá la superintendencia de transporte, ya que puede tener cambios según las sugerencias a que hagan los interesados o afectados del gremio y se podrán realizar hasta el 11 de marzo.