Las multas de tránsito son uno de los dolores de cabeza de miles de colombianos, debido a que, en caso de no pagarlos, quedarán inhabilitados para poder hacer algún trámite como vender un vehículo, renovar la licencia y demás.
Por ello, es necesario conocer cómo obtener el paz y salvo de las multas de tránsito, en dado caso de que usted haya sido sorprendido quebrantando la ley y haya tenido que cancelar un valor para resarcir su accionar.
Para este proceso hay diversas formas de hacerlo, pero, la Secretaría de Movilidad de Cali tiene disponible el sitio web ‘Programa de Servicios de Tránsito’ (https://serviciosdetransito.com/), en donde las personas podrán acceder a la opción ‘Consulta y pago de multas de tránsito’ para descargar su comprobante.
No obstante, si se obtiene algún tipo de dificultad, los ciudadanos podrán acudir a las oficina de Tránsito de Cali para solicitar este trámite.
Si se encuentra en la ciudad de Bogotá, puede verificar en el sitio web de la Secretaría de Movilidad de Bogotá en ‘Consulta de comparendos’; solo se debe ingresar el documento de identidad y la placa del vehículo.
Mientras que para saber si tiene multas de tránsito, debe ingresar a la página web de SIMIT, digitar el número de documento de identidad y la placa del vehículo. En el sitio web del Runt, lo mismo. También puede solicitar el informe de Autofact, con este documento puede saber si un vehículo tiene comparendos sin pagar, averiguar datos importantes como su historial de dueños, estado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y de la revisión técnico mecánica, si tiene limitaciones al dominio, entre otros antecedentes.
El SIMIT en la web también brinda la posibilidad de efectuar pagos online en caso de que su infracción lo amerite y lo que más favorece a los usuarios que sin importar el momento del pago, la plataforma actualiza los datos automáticamente, sin esperar el paso de días hábiles como en caso de pagos presenciales.
Por otro lado, si lo que desea además de consultar su multa o sanción es sanear la deuda de manera instantánea con un pago en línea es muy sencillo. Una vez estás dentro del portal y has realizado los pasos hasta la consulta debes realizar lo siguiente:
- Seleccionar entre la lista la multa que desea cancelar con el pago en línea.
- Elegir el método de pago, pues son varias las opciones incluso si el pago es virtual.
- Confirmar los datos de la multa, que sea la que efectivamente deseas cancelar y el valor a pagar.
- Ingresar los datos bancarios de la cuenta de Su preferencia y uso y dar por terminado el pago una vez te confirmen la transacción.
Cada día son más las personas que no cancelan sus comparendos de tránsito porque no les alcanza para pagar en una sola cuota el valor de la multa, desembolso que descuadraría sus finanzas del mes y hasta del año, dependiendo del valor de la misma o de los ingresos del afectado.
Sin embargo, tan poco se acercan hasta la respectiva secretaría de Tránsito de su municipio para preguntar cómo podría cancelar dicho comparendo sin quedar en bancarrota.
Si usted tiene un comparendo de tránsito pendiente, pero no tiene cómo pagar de una sola vez el valor total de la multa, existe la posibilidad de llegar a un acuerdo de pago con la entidad de tránsito, para poder pagar la multa poco a poco hasta quedar a paz y salvo.
Realmente no es un trámite tan complicado. Solo se debe cumplir con algunos requisitos y querer pagar sus obligaciones con el Estado.
Según explicó la Secretaría de Tránsito de Bogotá, los requisitos que se solicitan son los siguientes para llegar a un acuerdo de pago son:
La deuda debe ser superior a 24,65 Unidad de Valor Tributario, UVT, ($1.045.455 para la vigencia 2023). Este valor incluye además del capital, los intereses del comparendo.
Asimismo, el valor de la primera cuota no puede ser inferior al 40 % de la deuda o 9,86 UVT ($418.182 para el periodo 2023).
Por tal razón, las siguientes cuotas deben ser de $209.091 o más.
De Igual forma, señala la entidad, el plazo máximo para la financiación es de 5 años, es decir, 60 meses, mientras la cantidad mínima de cuotas para suscribir un acuerdo de pago son tres.
Si requiere hacer un acuerdo de pago de más de 12 cuotas, debe presentar una garantía que respalde la deuda, es decir, un bien o inmueble, una prenda o hipoteca, garantía bancaria, una fiducia, una garantía personal (codeudor que respalda la deuda) o, como última opción, la póliza de una aseguradora.
Además, el deudor, codeudor, o tercero (debidamente autorizado) no podrá solicitar un acuerdo de pago si el comparendo en mora tiene en curso un proceso de impugnación. Una vez que resuelto este punto, el infractor podrá solicitar el acuerdo de pago.
Cabe anotar que el o los comparendos a incluir en el acuerdo de pago deben estar en firme. Es decir, que debe existir una resolución por cada multa que deje en firme la imposición y tampoco se puede solicitar un acuerdo de pago si tiene otro compromiso de pago incumplido.
Los menores de edad no podrán firmar ningún acuerdo de pago por comparendos en mora.