Este 21 de agosto de 2024 fue radicado un proyecto de ley que tiene por objetivo endurecer las penas en contra de las personas y organizaciones armadas que recluten a menores de edad como integrantes de sus grupos delictivos.
La iniciativa pretende modificar los artículos 83, 162 y 188D de la Ley 599 de 2000 con el objetivo de aumentar los tiempos de condena a quienes utilicen a menores en actos ilícitos. A su vez, se han contemplado diferentes multas que oscilan entre los 2.600 y los 7.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
De igual forma, este proyecto también pretende establecer que el delito de reclutamiento ilícito de menores será imprescriptible. Julián David Tenorio, representante a la Cámara por el departamento del Valle, aseguró que esta idea brindará mayor protección para la juventud, considerando que los menores son sujetos de protección constitucional.
En ese sentido, explicó que esta idea surge tras la realidad que enfrenta Colombia en materia de reclutamiento forzado. De acuerdo con estadísticas de la Fiscalía General de la Nación, en el año 2023 se registraron 404 casos en contra de menores de 18 años, lo cual representó un aumento del 2,3 % en comparación con el 2022.
¿Qué aparece en el documento?
El País tuvo acceso al documento presentado ante el Congreso de la República este miércoles. En el artículo 162, por ejemplo, se contempla que quienes utilicen a menores de 18 años en acciones armadas se encontrarían expuestos a cumplir una pena en prisión de 480 a 600 meses, además de pagar una multa que alcanza más de 7.000 salarios mínimos.
El artículo 188 D resalta que un eventual consentimiento dado por un menor de edad para sumarse a las filas de un grupo armado no sería causal para la exoneración de la responsabilidad penal. Igualmente, quienes promuevan este tipo de conductas también se verían expuestos a pagar cerca de 600 meses en la cárcel.