La Secretaría de Movilidad de Bogotá anunció que la forma en que está actualmente implementando el pico y placa en la ciudad no cambiará hasta finalizar el año, en ese sentido, las medidas como el Día sin carro y sin moto se desarrollarán bajo esta disposición.
Recientemente, el pico y placa rige de lunes a viernes de 6 de la mañana a 9 de la noche, teniendo una rotación distribuida de la siguiente manera:
En días impares no pueden circular placas terminadas en 6-7-8-9-0.
En días pares no pueden circular placas terminadas en 1-2-3-4-5.
Carros que circularán menos en septiembre
La Secretaria de Movilidad de Bogotá afirmó que habrá una segunda jornada del Dia Sin Carro y Sin Moto. La restricción a la circulación de vehículos particulares y motocicletas está prevista para el 22 de septiembre. Cabe recordar que el incumplimiento de la norma acarrea una multa de $522.900 y la inmovilización del vehículo.
Revisando los días de septiembre en los que regirá el pico y placa, sumado al día sin carro, las placas terminadas en 6,7,8,9 y 0 menos en días hábiles durante ese mes. Precisamente, serán 12 días en los que no podrán circular en la ciudad.
Los días 1, 5, 7, 11, 13, 15, 19, 21, 25, 27 y 29 de septiembre les rige a estos vehículos el pico y placa, mientras que el 22 lo hará el día sin carro.
En cambio, las placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 tendrán menos restricción en movilidad, solo durante 10 días en el mismo mes, porque igual les tocaba guardar el vehículo durante la jornada sin curso.
¿Cuándo será la segunda jornada del Día sin carro y sin moto en Bogotá?
Deyanira Ávila, secretaria distrital de Movilidad, anunció en la tarde del 1 de agosto de 2023, que en el transcurso del día 22 de septiembre se estará llevando a cabo la segunda jornada del Día sin carro y moto en la capital.
Con dicha medida se busca que cerca de 1.800.000 carros particulares y 470 mil motocicletas no circulen durante el viernes 22 de septiembre. Cabe recordar que el incumplimiento de dicha norma acarrea una multa económica de 522.600, además de la inmovilización del vehículo.
Dicha acción está consagrada en el Código Nacional de Tránsito Terrestre en el artículo 135 “Procedimiento”. La inmovilización del vehículo y la multa corresponde a la falta C14: no respetar los horarios de pico y placa.
Para garantizar la movilidad de los residentes capitalinos, la administración distrital dispondrá del uso total del servicio masivo de transporte público TransMilenio, con el fin de cubrir la alta demanda de viajeros durante el cumplir de la jornada.
Además, como es habitual para estas jornadas que lleva a cabo la ciudad para contribuir al cuidado del aire, son varios los vehículos que sí podrán movilizarse durante la medida, los cuales son:
- Vehículos y motos conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
- Los vehículos y motos de emergencia.
- Los vehículos y motos propulsados por motores eléctricos (no híbridos. Los híbridos no circularán)
- Rutas escolares.
- Carrozas fúnebres.
- Los vehículos de transporte de valores.
- Los vehículos con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
- Los vehículos y motos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
- El transporte destinado al control del tráfico y las grúas.
- La caravana presidencial.
- Vehículos y motos militares, de la Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado.
- Vehículos de servicio diplomático o consular.
- Motos de vigilancia y seguridad privada.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
- Motocicletas, vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos.
- Transporte para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
- Vehículos y motos para el control de emisiones y vertimientos.
- Transporte Público.