Este viernes 12 de abril, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca dio a conocer que admitió para su estudio una demanda presentada por la Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (Unidiplo), que tiene como objetivo tumbar el nombramiento de Armando Benedetti como embajador de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), pero rechazó la petición de suspenderlo del cargo.
En ese último aspecto, se consideró que no había suficiente evidencia para demostrar que el entonces canciller Álvaro Leyva Durán hubiese incurrido en una irregularidad al firmar este nombramiento, a pesar de que ya estaba suspendido por la Procuraduría, en medio del escándalo por la licitación de pasaportes.
En la demanda también se advierte que Benedetti no cumple con el requisito de manejo de idioma diferente al español, fundamental para estos cargos. Como evidencia, se adjuntó copia de la hoja de vida del exsenador y exembajador en Venezuela.
Y es que según la líder sindical María Angélica García, presidenta de Unidiplo, Benedetti debería hablar italiano, debido a que su embajada tiene sede en Roma. Además, reclamó que deben nombrarse embajadores de carrera diplomática, para garantizar la representación del país en el exterior.
“Si bien está probado que dicho aparte no fue diligenciado, no puede tenerse como prueba fehaciente que el señor Benedetti Villaneda no tiene dominio de una segunda lengua. Por lo tanto, dicha situación no está corroborada en este momento procesal”, respondió el Tribunal ante dicha petición.
El Tribunal Superior ya le notificó la admisión de la demanda al embajador Benedetti, a Laura Sarabia, directora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) y a Luis Gilberto Murillo, ministro encargado de Relaciones Exteriores, para que puedan enviar su concepto en los próximos quince días hábiles.
Cabe recordar que el pasado 6 de marzo el mismo tribunal había negado una medida cautelar en contra del exsenador Armado Benedetti, la cual también pedía suspender el nombramiento del cargo que actualmente ostenta el político.
En un documento de doce páginas, la Sala dejó en claro en ese entonces que, aunque se admitía la demanda, el nombramiento de uno de los alfiles del presidente Gustavo Petro, por ahora, sigue en firme, mientras se cumple el proceso.
Esto debido a que “la parte demandante se fundamenta en la causal de falta de competencia del “ciudadano Álvaro Leyva Durán” para expedir el decreto cuestionado, dando a entender con ello que la firma de dicho acto, mientras estuvo suspendido en el ejercicio de sus funciones por la Procuraduría General de la Nación, según se manifiesta en la demanda, le inhabilitaba para proferir el Decreto No. 108 del 6 de febrero de 2024″, se argumentó en el texto.
Aquella demanda de marzo fue presentada por dos ciudadanos y se basaba en una supuesta violación del principio de legalidad, debido a que el decreto que hace oficial el nombramiento de Benedetti es firmado y autorizado por Leyva mientras estaba vigente la medida cautelar impuesta por la Procuraduría.