En las últimas horas, se conoció el fallo del Tribunal Superior de Bogotá en el que se revocó la sanción impuesta por el Juzgado 3º Penal del Circuito de Bogotá, en donde se advertía unas supuestas fallas en la implementación de órdenes emitidas por la Corte Constitucional sobre el uso de pesticidas.
De esta manera, el Tribunal desestimó la decisión de dicho juzgado que señalaba ineficiencias por parte de Jaramillo en la restricción del insecticida Clorpirifós, la cual ordenó la Corte en un plazo de seis meses y que debía ser vigilado por el ministerio de Salud.
Por el contrario, la alta Corte aseguró que las funciones que debía adelantar Jaramillo se han cumplido de la manera acordada en la Sentencia T-343 de 2022, la cual ordena el retiro de todos los productos que contengan dicho pesticida.
“Se creditó que Jaramillo efectuó labores encaminadas a tomar medidas relacionadas con la prevención y control de intoxicaciones, y además, realizó actividades con el fin de coordinar con el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA el cumplimiento de las órdenes emanadas de la Corte Constitucional”, indicó el Ministerio de Salud sobre el fallo de segunda instancia.
Cabe recordar que el pasado 16 de diciembre, Jaramillo, fue notificado sobre la sanción (hoy revocada) de dicho juzgado, el cual había ordenado el arresto del ministro por tres días y la imposición de una millonaria multa.
De esta manera, el fallo no solo desvirtuó la acusación y, por lo contrario, hizo el llamado al Ministerio de Salud y al ICA a seguir trabajando en medidas para poder terminar con la comercialización y el uso del clorpirifós
Es importante mencionar que el clorpirifós es una sustancia química organofosforado, que tiene como uso el control de plagas en la agricultura y que se ha demostrado que es perjudicial para la salud.