Tras una reunión a puerta cerrada entre la Fiscalía y los familiares de Mauricio Leal y Marleny Hernández, el ente acusador les presentó el preacuerdo que firmó con el confeso asesino Jhonier Leal del doble homicidio a sus familiares, el cual no fue aceptado por las víctimas.

Este preacuerdo, que fue propuesto por la Fiscalía, según Elmer Montaña, abogado de la familia Leal, indica que Jhonier deberá pagar una pena entre los 25 y los 26 años de cárcel, además de una multa de 200 salarios mínimos mensuales vigentes.

También tendrá que comprometerse a no delinquir y realizar un acto público pidiendo perdón por los actos cometidos.

Según Montaña, este no fue aceptado por las víctimas porque la Fiscalía no tuvo en cuenta el delito de tortura: “Yo le plantee a la Fiscalía, le insistí en que le imputara el delito de tortura, pero la Fiscalía dijo que no lo iba a hacer, porque dizque carecía de los elementos materiales de prueba. Cuando le puse de manifiesto que estos eran los mismos que el ente acusador había presentado, en específico con la carta que le obligaron a firmar, ellos respondieron que carecía de material probatorio”, afirmó el abogado defensor de las víctimas.

Otro factor que tuvo en cuenta la representación de las víctimas para tomar esta decisión es que si se acepta esta pena, Jhonier quedaría en libertad antes de que cumpla 13 años de prisión, por las rebajas de penas, estudios y trabajo.

Por las razones anteriores, Montaña concluyó que “le haremos saber al juez de conocimiento, cuando el caso lo envíen allá, nuestras observaciones de que no estamos de acuerdo con los términos de ese preacuerdo”.

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La representación de las víctimas pidió que se le imputara el delito de tortura. Sin embargo, la Fiscalía aseguró que no hay documentos materiales de pruebas.

¿Qué implica que las víctimas no acepten el preacuerdo?

Pese a que la familia de Mauricio Leal y Marleny Hernández no está conforme con el preacuerdo al que habría llegado la fiscalía general y Jhonier Leal, por el asesinato de su hermano y su madre, la ley es clara y ahora un juez de conocimiento tendrá que decidir si lo avala o no.

Así lo explicaron expertos, quienes consideran que si las víctimas se oponen, esto no significa que no puede haber preacuerdo, ya que la ley debe considerar es que se respeten sus derechos y procurar que estos queden debidamente reconocidos y protegidos.

El profesor de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, Wilson Martínez, coincide en esta línea y aclara que la ley no dice nada sobre que las víctimas tienen que estar de acuerdo con un preacuerdo entre la Fiscalía y el procesado.

“Esto es muy importante, porque una cosa es que mis derechos queden protegidos en el preacuerdo, y otra cosa es que se necesite mi firma para que el preacuerdo sea válido”, explica Martínez, quien explica que el preacuerdo se lleva ante el Juez y es este quien debe valorar si el documento protege o no a las víctimas y les satisface sus derechos a la Justicia, verdad y reparación.

Explica que, si las víctimas no están de acuerdo con la decisión del juez, estas pueden interponer los recursos de reposición y apelación “ante el mismo juez o uno de apelación ante el superior jerárquico, que en este caso es la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá”.

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El mismo concepto tiene el abogado penalista Marlon Díaz, quien explica que el preacuerdo se centra entre la Fiscalía y la defensa de procesado, y aunque se deben consultar a las víctimas, la posición de estas no obliga a nadie.

“Es decir, si la víctima está en desacuerdo, en la audiencia respectiva eso se somete a aprobación de un juez de conocimiento, y en esa audiencia debe ser convocada, además de Fiscalía y defensa, a las víctimas y el Ministerio Público. Allí la víctima puede oponerse, pero esa oposición, así como no era obligatoria su voz para la suscripción del preacuerdo, tampoco obliga al juez”, explica.

Díaz agrega que se debe tener claro que no se trata de oponerse por oponerse, y manifiesta que en este caso la reclamación se basa en que la adecuación típica no fue completa, porque se le debió imputar tortura, pero esta solo la puede hacer la Fiscalía, entonces concluye que “es muy difícil que así se oponga la victima un juez no vaya a aprobar ese preacuerdo”.

El preacuerdo, que fue propuesto por el ente acusador y presentado a los familiares de las víctimas este miércoles, indica que Jhonier tendría que pagar una pena entre los 25 y los 26 años de cárcel, y una multa de 200 salarios mínimos mensuales vigentes.

Además de la pena y el valor a cancelar por los daños causados con sus actos, el confeso asesino de Mauricio Leal y su madre, Marleny Hernández, tendría que comprometerse a no delinquir y realizar un acto de perdón público.

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Sin embargo, este no dejó satisfechos a los familiares de las víctimas, según expuso el abogado Elmer Montaña, ya que la Fiscalía no tuvo en cuenta el delito de tortura, que se le había pedido que incluyera, pero que el ente acusador se negó a realizar por carecer de elementos materiales de prueba.

“Yo le plantee a la Fiscalía, le insistí en que le imputara el delito de tortura, pero la Fiscalía dijo que no lo iba a hacer, porque disque carecía de los elementos materiales de prueba. Cuando le puse de manifiesto que estos eran los mismos que el ente acusador había presentado, en específico con la carta que le obligaron a firmar, ellos respondieron que carecía de material probatorio”, contó Montaña.

Otro factor que tuvo en cuenta la representación de las víctimas para tomar esta decisión es que, si se acepta esta pena, Jhonier quedaría en libertad antes de que cumplan 13 años de prisión, por las rebajas de penas, estudios y trabajo.