La escala salarial de la Policía Nacional en Colombia varían según el rango. Desde el mayor general hasta el subteniente, los números revelan la estructura salarial de la Policía Nacional, proporcionando una visión panorámica de las compensaciones en la institución.
La normativa, bajo el Decreto 910 de 2023, destaca que los oficiales de la Policía Nacional, desde el grado de coronel hasta general, tienen derecho a una prima mensual equivalente al 16.5% de su sueldo básico, un componente adicional que enriquece el panorama financiero de estos guardianes del orden.
El decreto asegura que: “Por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional; Patrulleros de Policía de la Policía Nacional, y empleados públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional; se establecen bonificaciones para alféreces, guardiamarinas, pilotines, grumetes y soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial”.
Por su parte, la Ley 62 de 1993 revela que la designación del director general de la policía es una prerrogativa del presidente de la República, es decir, un puesto que solo este puede elegir sin la necesidad de someterlo a votación popular o por medio de una cúpula.
Así las cosas, los salarios para el personal de la Policía Nacional de Colombia, según el Decreto 910 de 2023, son:
- Mayor general: Aproximadamente $17.851.563 COP, según el artículo 1 del Decreto 910 de 2023.
- Brigadier general: Alrededor de $15.957.432 COP, basado en el porcentaje establecido en el mismo decreto.
- Coronel: Cerca de $12.366.005 COP, según la escala gradual del Decreto 910 de 2023.
- Mayor: Aproximadamente $8.387.064 COP, según la escala salarial establecida.
- Capitán: Alrededor de $6.902.185 COP, basado en la proporción del Decreto 910 de 2023.
- Teniente: Cerca de $6.029.192 COP, conforme a la escala porcentual del mismo decreto.
- Subteniente: Aproximadamente $5.330.541 COP, según el porcentaje establecido en el artículo 1 del Decreto 910 de 2023.