Deportivo Cali no solo empezó mal la Liga Betplay II-2024 desde lo deportivo, tras caer en casa frente al Deportivo Pereira por 0-2, sino que desde lo administrativo inició con pie izquierdo el campeonato, ante la negativa de la Dimayor de no permitirle inscribir jugadores, pese a existir un fallo de la Corte Constitucional en el que se aclara que no se puede vulnerar el derecho al trabajo.
La entidad que rige el Fútbol profesional Colombiano (FPC) le advirtió al conjunto Azucarero que no podía inscribir jugadores, horas antes del duelo ante el Pereira, situación que evitó el debut de dos de los cuatro refuerzos, Fabián Viáfara y Rafel Bustamente.
Esto debido a la compra del jugador Luis Fernando Mosquera, que no se pagó en su momento, por lo que el caso se fue a demanda y favoreció al equipo paisa, por lo que el club vallecaucano debe pagar 600 mil dólares y hasta que no pague, o llegue a un acuerdo con Atlético Nacional, no podrá inscribir jugadores, según Dimayor.
Ante ello, el club Verdiblanco pidió ayuda a la Acolfutpro (la asociación de futbolistas), que de inmediato le informó a la dirigencia del Cali que legalmente sí pueden inscribir jugadores, ya que existe un fallo de la Corte Constitucional del 2029, que favoreció a Atlético Nacional para inscribir futbolistas, pese a que le debía un dinero al entonces Cortuluá.
Ante ello, Acolfutpro anunció que tomó medidas al respecto, por eso “ante la absoluta ineficacia del Ministerio del Deporte, que hasta la fecha no ha hecho cumplir la modificación del artículo 32 del Estatuto del Jugador de la FCF, como lo ordenó la Corte Constitucional en la Sentencia T-464 del 16 de diciembre del 2022, y cuyos términos se encuentran vencidos desde el 16 de abril del 2023, ACOLFUTPRO presentó un nuevo incidente de desacato contra esa cartera, actualmente en cabeza de Luz Cristina López”.
El sindicato de jugadores de Colombia precisó que “la negligencia de MinDeporte afecta el derecho al trabajo de los futbolistas que han suscrito un contrato de trabajo con un club, pero a quienes, según lo establecido en el artículo 32 del Estatuto del Jugador, se les niega la inscripción para las competencias de la Dimayor, cuando ese club adeude una suma de dinero a otro y no la haya cancelado”.
Acolfutpro agregó que “cabe anotar que este es el segundo incidente de desacato que presenta ACOLFUTPRO contra MinDeporte, por su conducta reincidente de incumplir con lo que le ha sido ordenado por la Corte Constitucional”.
Además, la organización de los futbolistas aclara que “el Juzgado Segundo Civil Municipal Oral de Rionegro le ordenó el 22 de enero a esa cartera ministerial que requiriera a la FCF para que procediera a modificar el texto del artículo 32 del Estatuto del Jugador de la FCF, ante lo cual el ministerio le otorgó como plazo “improrrogable” el 16 de febrero del 2024 para presentarle dicha reforma y los documentos soporte de la misma”.