“La Superintendencia de Sociedades recuerda que, el pasado 28 de agosto de 2024, aceptó a la Asociación Deportivo Cali para la promoción de un acuerdo de reestructuración en los términos de las Leyes 550 de 1999 y 1445 de 2011”, arrancó afirmando la Superintendencia.
La ley 550 de 1990 busca corregir las diferencias que las empresas tengan en su capacidad de operación y para atender sus obligaciones pecuniarias, para que tales empresas se recuperen dentro del plazo y según las condiciones que convengan con sus acreedores por medio de un acuerdo de restructuración. Así lo describe la web oficial de la Superintendencia.
Además, recalcaron un detalle clave: “Los acreedores deben presentar sus acreencias ante el promotor designado, señor GUSTAVO TRUJILLO BETANCOURT, para que aquél proceda a determinar los derechos de voto y acreencias”, señala el documento oficial.
Ta pronto como termine esa etapa, las partes podrán dar el siguiente paso, y uno de los más importantes: la negociación del acuerdo. Este no deberá deberá adelantarse en un plazo máximo de cuatro meses “y, posteriormente, para la celebración del mismo, es decir, del acuerdo, cuentan con otros 4 meses adicionales”.
Ahora lo que busca la institución ‘verdiblanca’ es aprovechar el acuerdo para establecer unas nuevas condiciones que le beneficien en las deudas que ostentan. En muchas ocasiones el objetivo es disminuir los pagos, alargar los periodos de pago y, en el mejor de los casos, acabar con las obligaciones pendientes.
“Aviso promoción del acuerdo Deportivo Cali”
Tal como mencionan en el comunicado, la Superintendencia publicó el aviso de la promoción del acuerdo con el Deportivo Cali el pasado 28 de agosto. Firmó Camilo Franco, Director de Supervisión Empresarial en la Superintendencia de Sociedades:
“La SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, mediante oficio 301-213069 del 28 de agosto de 2024 (radicación 2024-01-765398), admitió a la ASOCIACIÓN DEPORTIVO CALI, identificada con NIT 890.301.160-1 y domicilio en la dirección calle 34 No. 2 bis N-75 de la ciudad de Santiago de Cali, Valle del Cauca, a la promoción de un acuerdo de reestructuración en los términos de las Leyes 550 de 1999 y 1445 de 2011”.