Novedades en la Federación Colombiana de Fútbol (FCF). La entidad está obligada a cambiar el artículo 32 del estatuto del jugador, luego de una sentencia judicial de la Corte Constitucional y una orden del Ministerio del Deporte.

Con la modificación, en adelante el artículo tendrá que ajustar los parámetros de la sentencia de la tutela que impida inconvenientes económicos entre clubes que perjudiquen o vulneren el derecho al trabajo de los futbolistas.

Con los cambios en el articulo, los jugadores no verán vulnerados su derecho al trabajo. | Foto: 2023 Getty Images

Ante este panorama, y cumpliendo con un caso de desacato por parte de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (Acolfutpro), el Ministerio del Deporte se vio en la obligación, a través de un documento, de ordenarle a Ramón Jesurún, presidente de la FCF, cumplir con la sentencia T-464 de 2022, de la Corte Constitucional.

Asimismo, la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales añadió que: “el juzgado hizo llegar a ACOLFUTPRO copia del documento en el que Mindeporte requiere a la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) para que proceda a modificar el texto del artículo 32 del Estatuto del Jugador de la FCF, dándole como plazo “improrrogable” el 16 de febrero del 2024 para presentar dicha reforma y los documentos que soporten la misma, en cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional en la mencionada sentencia”.

Astrid Bibiana Rodríguez Cortés, ministra de Deportes.

Debido a lo que expresaba el articulo, según la agremiación de futbolistas, este estatuto viola los derechos laborales de los jugadores.

Ramón Jesurún, presidente de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF).

Por este motivo, el Ministerio del Deporte le solicitó a la Federación Colombiana de Fútbol tener en cuenta varios puntos en la modificación del artículo 32 del estatuto del jugador. Uno de ellos es que “el texto no debe contener condiciones que restrinjan el tránsito libre de cualquier deportista entre clubes”.