Las denuncias de varios viajeros por el alza de los tiquetes aéreos cuando se presentan afectaciones en las carreteras del país, ha logrado que la Aeronáutica Civil tome medidas al respecto.
De acuerdo con la normatividad, las aerolíneas deberán ofrecer las rutas aéreas aprobadas y no podrán incrementar los precios de sus tiquetes durante el tiempo que dure la condición de emergencia.
Durante el tiempo que dure la aplicación de las medidas especiales, las empresas que presten el servicio en la ruta o rutas afectadas reportarán diariamente a la autoridad aeronáutica a través de la Oficina de Analítica las tarifas aplicadas y la cantidad de pasajeros movilizados.
La autoridad aeronáutica, monitoreará, al menos, semanalmente, la evolución de las tarifas por servicios aéreos hacia y desde los lugares o regiones afectados y podrá efectuar intervenciones adicionales en caso de encontrarlo necesario.
Las tarifas de cualquier empresa que no hubiese estado operando previamente la ruta o rutas afectadas, pero que en aplicación de estas disposiciones efectúe vuelos chárter sobre ellas, no podrán ser superiores a la más alta que esté siendo aplicada por las empresas que operan la ruta.
Así mismo, si no hubiese ninguna empresa operando previamente la ruta, las tarifas que propongan las empresas entrantes deberán ser aprobadas por la autoridad aeronáutica y en todo caso, no serán superiores a las existentes para otras rutas similares en extensión, duración de los vuelos y tipo de aeronave utilizada, como sea aplicable.
El control a los sistemas tarifarios se mantendrá por parte de las aerolíneas que prestan el servicio durante todo el tiempo que dure la situación de pérdida de conectividad terrestre.
Finalmente, se mantendrá hasta el día en que se reciba información de la Dirección de Transporte Aéreo y Asuntos Aerocomerciales sobre la desactivación del procedimiento de contingencia, sin perjuicio de que se respeten las tarifas de tiquetes vendidos con anterioridad a la desactivación.