El sistema de pensiones en Colombia es un tema de gran importancia y preocupación para los trabajadores que han dedicado una vida laboral activa. Hay que señalar que, en el país, para las personas que ya lograron cotizar más de 1.300 semanas cumplieron uno de los requisitos más importantes para hacer la solicitud de este proceso.
Es importante mencionar que en el país, para lograr este acceso a la pensión se tiene en cuenta según el régimen al que está afiliado el empleado, el tiempo que completa laborando y si cumple con la edad establecida que señala la ley, de estos pasos dependerá también el monto que reciban.
Además, para determinar el monto de la pensión se deben tener en cuenta el número de semanas cotizadas y el promedio de los ingresos que se recibieron en los últimos diez años de vida laboral.
En Colombia se establece que un trabajador, para pensionarse, deberá cumplir con un mínimo de 1.300 semanas cotizadas. Lo que significa que son alrededor de 26 años laborados y la mesada podría equivaler al 65 % del Ingreso Base de Liquidación (IBL), sin embargo, para quienes realizaron una cotización superior a las 1.300 semanas el porcentaje alcanzaría el 80 %.
Es importante destacar que cada régimen funciona de manera diferente, con requisitos y rendimientos distintos, ya que para el sector privado el requisito es de 1.150 semanas.
La edad mínima, la cual es otro de los requisitos importantes para acceder a la pensión, es de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres.
¿Cuáles son los pasos a seguir?
Las personas que cumplan con estos pasos y deseen iniciar el proceso deben dirigirse a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la cual esté afiliado, presentando la documentación requerida, que incluye identificación personal, historial laboral, y cualquier otro documento que avale el tiempo cotizado.
La AFP revisará la documentación y realizará los cálculos pertinentes para determinar la viabilidad de la pensión.
Además, el historial laboral se puede consultar también desde el Registro Único de Afiliados (RUAF), allí deben dirigirse a la parte de ‘Consulta ciudadana’ y ampliar la información de ‘Reporte detallado’.
Posteriormente, la AFP llevará a cabo una exhaustiva verificación de los datos aportados por el solicitante, incluyendo la revisión de los registros de afiliación y cotizaciones. En caso de ser aprobada, se especificará el monto mensual que se otorgará y la fecha de inicio de la pensión.
La pensión se paga mensualmente y el monto se deposita en la cuenta bancaria indicada por el pensionado. Es importante destacar que existen diferentes modalidades de pago, como la pensión por vejez, invalidez o sobrevivientes, y cada una tiene requisitos y montos específicos.
¿Qué hacer si excedió las semanas?
El monto máximo de la pensión de vejez es del 80 %, si se supera no significará un aumento en la mesada pensional al momento de recibirla de acuerdo con la sentencia SU273/22.
“Las cotizaciones efectuadas a partir del porcentaje máximo del 80 % no se computan, ni procede su devolución, en virtud del principio de solidaridad expresado en ese tope porcentual, sobre el límite de salarios mínimos a los que puede llegar el monto de la prestación pensional (25 salarios mínimos legales mensuales vigentes) otorgados por el sistema general de pensiones”, aseguró la Corte Suprema de Justicia.
Por ejemplo, si se cotizaron 2.000 semanas, 700 más que las estipuladas por la norma pensional, tendrá un aumento del 21 % en su ingreso base de liquidación, esto quiere decir que se ordena un incremento del 1.5 % por cada 50 semanas adicionales a las cotizadas y deberán generar así un pequeño aumento en la mesada pensional del demandante.