Como es habitual cada año, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, definió desde el inicio de la vigencia del 2024 las fechas límite para que los contribuyentes paguen sus impuestos. Entre los tributos más comunes que deben asumir las personas naturales del país está la declaración de renta.
En este documento se consignan los ingresos, egresos y las inversiones que cada persona realiza. Este le permite al país conocer a fondo cuál es su patrimonio y con esa medida pueden establecer qué tanto debe pagar en impuestos y cuáles son los que debe asumir. Además, también permite conocer cuáles son sus deudas.
No todas las personas naturales en el país deben pagar y realizar este reporte ante la Dian, pues cada año se definen algunos topes transaccionales. Para quienes realizarán la declaración de renta este año, es importante que tengan en cuenta que deberán presentarla todas las personas que tengan un patrimonio bruto al último día del año superior a los $190 millones de pesos.
Además, quienes reciban ingresos superiores a los $59.376.800 al año también deberán hacerlo. Es decir, quienes tengan un ingreso mensual aproximado de $4.948.066.
Cuáles son las fechas en las que se debe presentar la declaración de renta para 2024
Tenga en cuenta que los vencimientos para presentar la declaración de renta empiezan a correr a partir del 12 de agosto. Dichas fechas de vencimiento funcionan dependiendo de los últimos dos números de la cédula del contribuyente.
Agosto:
- Día - últimos dos dígitos del NIT
- 12: 01-02
- 13: 03-04
- 14: 05-06
- 15: 07-08
- 16: 09-10
- 20: 11-12
- 21: 13-14
- 22: 15-16
- 23: 17-18
- 26: 19-20
- 27: 21-22
- 28: 23-24
- 29: 25-26
Septiembre:
- Día - últimos dos dígitos del NIT
- 2: 27-28
- 3: 29-30
- 4: 31-32
- 5: 33-34
- 6: 35-36
- 9: 37-38
- 10: 39-40
- 11: 41-42
- 12: 43-44
- 13: 45-46
- 16: 47-48
- 17: 49-50
- 18: 51-52
- 19: 53-54
- 20: 55-56
- 23: 57-58
- 24: 59-60
- 25: 61-62
- 26: 63-64
- 27: 65-66
Octubre
- Día - últimos dos dígitos del NIT
- 1: 67-68
- 2: 69-70
- 3: 71-72
- 4: 73-74
- 7: 75-76
- 8: 77-78
- 9: 79-80
- 10: 81-82
- 11: 83-84
- 15: 85-86
- 16: 87-88
- 17: 89-90
- 18: 91-92
- 21: 93-94
- 22: 95-96
- 23: 97-98
- 24: 99-00
Es importante que busque su cédula y establezca un recordatorio para el mes y día en el que debe presentar el reporte. Recuerde que el hecho de omitir la información podría traerle graves consecuencias.
De hecho, la Dian asegura que quienes no presenten su declaración, tendrán una multa por extemporaneidad que es equivalente al 5% del impuesto que deben pagar. Este valor va aumentando por cada mes o cada fracción que dure sin pagar, luego de la fecha definida.
Además, tenga en cuenta que si usted deja vencer el plazo, así sea por un día de diferencia, deberá pagar una multa cercana a los $424.000. Si usted no tiene que pagar el impuesto de renta, igual deberá pagar un 20% de la sanción, que tomará como base las consignaciones bancarias o ingresos brutos para el año fiscal en cuestión.