Cada que finaliza el año (31 de diciembre), teniendo en cuenta la Ley 50 de 1990, las empresas deben hacer la liquidación de las cesantías de sus trabajadores, las cuales hacen parte de las prestaciones sociales (primas, aportes de salud y pensión). Por lo tanto, el próximo 31 de enero los empleadores deberán consignar los intereses correspondientes a esta prestación social.
De acuerdo con la ley anteriormente mencionada, el empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12 % anual o proporcionales por fracción, en los términos de las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantías, con respecto a la suma causada en el año o en la fracción que se liquide definitivamente.
En el caso de las personas que no han cumplido con el tiempo establecido recibirán una cifra proporcional al período laborado. Las cesantías funcionan como un ahorro que pueden ser utilizadas para compra de vivienda o para estudio.
Según la Ley 50 de 1990, el empleador tiene plazo hasta el 14 de febrero de consignar al fondo de cesantías, En caso de que incumpla con esta fecha, deberá pagar un día de salario por cada retardo.
Fórmula para calcular intereses por cesantías en Colombia
La ley dice que los intereses legales sobre las cesantías equivalen al 12 % anual o proporcionales por fracción.
Cesantías = salario mensual X días trabajados / 360 (días). Los intereses se calculan de la siguiente manera: cesantías (el valor que le dio en la anterior fórmula) X 0,12 X días trabajados / 360 (días)
En el caso de un salario mínimo para el 2024, más el subsidio de transporte, deberán hacer la sumatoria con $1.462.000. Por ejemplo, si trabaja durante todo el año con un salario mensual de $1.462.000, le corresponde $1. 462.000 por cesantías (1.462.000 X 360 / 360 = 1. 462.000). Ahora, continuando con el ejemplo, los intereses generados por esas cesantías serán de $175.440 (1.462.000 X 0,12 X 360 / 360 = 175.440).
En el caso en que haya ganado un salario mínimo durante el 2023, las cuentas se hacen con $1.300.000 y por tanto el ahorro en las cesantías de (1.300.000 X 360 / 360 = 1.300.000). Para los intereses será un pago de 156.000 (1.300.000 X 0,12 X 360 / 360 = 156.000).
¿Cómo se retiran las cesantías en Colombia?
Las personas que se queden sin trabajo podrán retirar todo el dinero con una carta remitida por el empleador al fondo de cesantías. Se puede hacer cuando se quiera comprar vivienda o un lote, o destinar al pago de créditos hipotecarios. También aplica para ampliación, reparación o mejora de una vivienda del afiliado o de su cónyuge. En el caso de que el retiro sea para estudio se debe tener constancia del valor de la matrícula, eso sí que sea de educación superior ya sea del trabajador, sus hijos o su cónyuge.