Desde el pasado 9 de agosto y hasta el próximo 19 de octubre, son millones los colombianos que deben presentar la declaración de renta para personas naturales. En este reporte, que se debe hacer ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, los ciudadanos deben demostrar cuáles fueron sus ingresos durante el año inmediatamente anterior.
En algunos casos no deben pagar nada sino simplemente aportar la información y aunque es una tarea anual, lo cierto es que muy pocos saben cómo hacerla.
Por ello, la mayoría de las veces los ciudadanos acuden a un contador de confianza para hacer este reporte. Recientemente la Dian hizo una advertencia a quiénes acuden a la ayuda de estos profesionales.
Advertencia por usar contador en la declaración de renta 2023
Luis Carlos Reyes, director de la Dian, fue quien envió el mensaje a los contribuyentes. Aseguró que aunque es idóneo y prudente contar con la asesoría de un profesional en la declaración de sus impuestos, el único responsable por la información que aporta es usted.
Es decir, si su contador comete un error en la declaración, la multa no será para él sino para el contribuyente. Hay que tener en cuenta que las sanciones son las mismas si pide ayuda externa o si la decide hacer por su cuenta.
Por ello, si va a escoger a un contador para que realice este reporte, primero revise su reputación, experiencia y enfoque en cumplimiento normativo. De esta manera se asegurará de que este conoce las reglas tributarias del país.
“Es importante también recordar que los canales de atención de la Dian están abiertos para que directamente desde la administración tributaria le respondamos las consultas que tenga acerca de cómo presentar de manera correcta su declaración de renta”, aseguró Reyes.
Cuáles son los comportamientos que generan dudas en un contador
Finalmente aconsejó a los contribuyentes evitar contadores que busquen atajos o maniobras dudosas para reducir la carga tributaria, pues esto le puede desencadenar problemas legales más adelante al titular.
¿Quiénes están obligados a declarar renta en Colombia?
De acuerdo con información de la Dian, este año le corresponde declarar renta a las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia, que en 2022 cumplieron con alguna de las siguientes condiciones:
- Patrimonio bruto superior a $171.018.000 a 31 de diciembre de 2022.
- Ingresos brutos iguales o superiores a $53.206.000 durante 2022.
- Consumos con tarjeta de crédito superiores a $53.206.000 durante 2022.
- Compras y consumos totales superiores a $53.206.000 durante 2022.
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado superior a $53.206.000 durante 2022.
- Ser responsable del Impuesto sobre las Ventas IVA al cierre de 2022.
Además, la entidad aclaró que “las personas naturales y sucesiones ilíquidas no residentes en Colombia que hayan recibido ingresos de fuente nacional y no hayan sido objeto de retención en la fuente, deberán presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario año gravable 2022 en el Formulario 110″, en los mismos plazos señalados en el calendario.
Las fechas estipuladas para declarar renta se cuadran teniendo en cuenta si los dos últimos dígitos del NIT están entre el 01 al 32, debe realizar el pago. Por ejemplo 01 - 02: debe hacerlo el 9 de agosto. 03 - 04, el 10 y así sucesivamente hasta llegar al 31 - 32, el último día de agosto.
La entidad destacó una serie de mecanismos ubicados en el Micrositio Renta Personas Naturales Año Gravable 2022, que le facilitarán el cumplimiento de esta obligación tributaria.
El primero es el programa Ayuda Renta 2022: podrá elaborar un borrador su declaración, el cual le facilitará el diligenciamiento final del formulario. También cuentan con la declaración sugerida de renta, en la que la Dian propone valores para varias casillas del formulario, los cuales, cada persona define si se adaptan a su realidad jurídica, económica y financiera.