Este 9 de agosto inicia el periodo del año para que los colombianos declaren renta, para lo cual tendrán plazo hasta el próximo 19 de octubre, y como ocurre en cada anualidad, la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) habilitó la declaración de renta sugerida para darle una mano a quienes tengan que cumplir con este proceso.
La declaración de renta sugerida se trata de una herramienta creada por la misma DIAN para hacer más sencillo el proceso, en la cual se tienen en cuenta los datos que han sido reportados por terceros. Así, la persona que vaya a utilizar este mecanismo simplemente debe editarla para que todos los datos sean correctos.
Ahora bien, para hacer uso de la declaración de renta sugerida debe estar inscrito en el Registro Único Tributario (RUT) y tener una cuenta habilitada. Si este no es el caso, debe realizar la inscripción y luego la habilitación de la cuenta.
Cuando ya cuente con el usuario creado, podrá dirigirse a la página oficial de la DIAN y en el menú transaccional tendrá que seleccionar la opción que dice ‘Usuario registrado’.
La página le pedirá ingresar el tipo de documento, el número del mismo y la clave para poder iniciar sesión, y cuando lo haya logrado, tendrá que buscar la opción ‘Diligenciar y presentar el formulario 210′.
En esa pestaña encontrará dos opciones más, siendo una de ellas la de su interés para realizar el proceso: ‘Declaración sugerida para quienes aplica’.
Cabe resaltar que este procedimiento no es 100 % preciso, por lo que puede que los datos obtenidos no reflejen con fidelidad su situación financiera. Si esto ocurre, lo mejor será acudir a otra de las opciones que la DIAN tiene preparadas para los colombianos.
Una de ellas es el programa Ayuda de Renta, que es una herramienta en Excel en la que se puede realizar un borrador de la declaración. Otra herramienta es ‘Hazlo tú mismo’, una guía que explica los pasos a seguir para salir avante con el diligenciamiento, la presentación y el pago de la declaración de renta en caso de que sea necesario.
El impuesto de renta no aplica para todas aquellas personas que realizan la declaración, ya que si los ingresos y los gastos, así como los activos y los pasivos, se mueven en un mismo valor promedio, lo más probable es que no esté entre la población que tiene que hacer el pago.
¿Quiénes deben presentar declaración de renta este mes?
Desde el 9 hasta el 31 de agosto tienen plazo las personas naturales, cuyos dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria, NIT, se encuentren entre el 01 al 32, para cumplir con el pago de la declaración de renta y así evitarse una sanción.
Con este periodo comienza el calendario tributario entregado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, que señala las fechas límite que tienen los contribuyentes para presentar su declaración de renta por el año gravable 2022.
De acuerdo con información de la Dian, este año le corresponde declarar renta a las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes en Colombia, que en 2022 cumplieron con alguna de las siguientes condiciones:
- Patrimonio bruto superior a $171.018.000 a 31 de diciembre de 2022.
- Ingresos brutos iguales o superiores a $53.206.000 durante 2022.
- Consumos con tarjeta de crédito superiores a $53.206.000 durante 2022.
- Compras y consumos totales superiores a $53.206.000 durante 2022.
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por un valor total acumulado superior a $53.206.000 durante 2022.
- Ser responsable del Impuesto sobre las Ventas IVA al cierre de 2022.
Además, la entidad aclaró que “las personas naturales y sucesiones ilíquidas no residentes en Colombia que hayan recibido ingresos de fuente nacional y no hayan sido objeto de retención en la fuente, deberán presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario año gravable 2022 en el Formulario 110″, en los mismos plazos señalados en el calendario.