El ‘Día de la Familia’ es una jornada laboral remunerada que, por ley, el empleador debe concederle a sus trabajadores para disfrutar con sus seres queridos, o como se ha extendido a nivel nacional, un día de descanso adicional y pago que se da cada seis meses.
La medida está regida por la Ley 1857 de 2017. En el parágrafo de su artículo 3, sostiene: “Los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Si el empleador no logra gestionar esta jornada deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso, esto sin perjuicio de acordar el horario laboral complementario”.
Sin embargo, con la implementación de la reducción de la jornada laboral, algo celebrado por los trabajadores en el país, lo que también ocurrirá será que este beneficio tendrá su conclusión.
La Ley 2101 de 2021 para la reducción de la jornada laboral empezó a ponerse en práctica el 15 de julio del año pasado (2023), cuando la cantidad de horas semanales a trabajar pasó de 48 a 47.
Pero allí no termina, ya que la ley tiene una aplicación gradual. De esta manera, desde el 15 de julio de este año (2024), la jornada semanal disminuirá otra hora más, para establecerse en 46 horas a la semana.
El 15 de julio de 2025 tendrán que reducirse dos horas adicionales y en la misma fecha, pero del 2026, se disminuirán las últimas dos horas para que la jornada semanal quede en 42 horas, las cuales pueden dividirse de común acuerdo con el empleador en cinco días (de lunes a viernes) o seis días (lunes a sábado).
En resumen, para mediados de 2026, los trabajadores en Colombia habrán dejado de laborar seis horas por semana, lo que busca mejorar sus calidades de vida y, a la vez, impactar de manera positiva la productividad en el trabajo, como ya lo han implementado países desarrollados alrededor del mundo.
Ahora bien, esta ley, en su artículo 6, sostiene que “la disminución de la jornada laboral de que trata esta ley, exonera al empleador de dar aplicación al parágrafo del Artículo 3 de la Ley 1857 de 2017, así como a lo dispuesto en el Artículo 21 de la ley 50 de 1990″.
De este modo, los empleadores ya no tendrán la obligación de aplicar el día de descanso remunerado.
¿Cuándo desaparecerá el ‘Día de la Familia’?
El mismo artículo 6 de la Ley 2101 de 2021 expresa que “una vez terminado el tiempo de implementación gradual regirá la exoneración del inciso primero del presente Artículo”, inciso que hace referencia a la exoneración a empleadores para aplicar el ‘Día de la Familia’.
Es decir que el próximo 15 de julio de 2026, cuando la reducción gradual de la jornada laboral haya culminado y los trabajadores solo laboren 42 horas semanales, también se finiquitará la aplicación obligatoria de este beneficio, con lo que se estima su desaparición.