La reducción de otra hora en la jornada laboral semanal en Colombia, que se implementará a partir del próximo 15 de julio dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 2101 de 2021, si bien trae múltiples beneficios para los trabajadores, quienes pasarán de laborar 47 horas a 46 horas semanales, implica también enormes retos para las organizaciones y un reajuste en sus procesos productivos.
En este sentido, Juan Mauricio Joya, gerente Sénior de Servicios Legales de KPMG, señala que “es indispensable que las empresas se capaciten, adecúen sus procedimientos internos y definan estrategias para implementar de la mejor manera esta reducción de la jornada, mantener la productividad y evitar incumplir los requisitos contemplados en la Ley 2101 de 2021″.
Por su parte, Andrés García, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, aseguró que implementar la reducción gradual es una deuda histórica que inicialmente beneficia a los trabajadores aumentando la flexibilidad y calidad de vida, pero también a las empresas. “Muchos estudios muestran que la reducción de jornada laboral tiene efectos positivos en productividad y reducen costos por enfermedad laboral”, subrayó.
Estos y otros expertos consultados por El País respondieron las principales inquietudes que tienen tanto empleadores como trabajadores sobre el tema.
¿Qué se entiende por reducción de la jornada laboral y qué pasará partir del 15 de julio de 2024?
Vicente Umaña, socio de Posse Herrera Ruiz, explica que con la expedición de la Ley 2101 del 15 de julio de 2021, se redujo la jornada máxima semanal establecida en el inciso primero del artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, pasando de 48 a 42 horas semanales. Este cambio se hará de manera gradual, es decir, en el 2023 se redujo en una hora, de 48 a 47; y a partir del 15 de julio de 2024 se reducirá en una hora adicional, quedando en 46 horas semanales. Entre tanto, para 2025 la jornada se reducirá en 2 horas adicionales, para un total de 44 horas semanales y, finalmente, en el 2026, disminuirá en otras dos horas adicionales hasta quedar la jornada máxima semanal en 42 horas.
¿Cómo se está aplicando la reducción de la jornada laboral en las empresas en Colombia?
Para Umaña, la reducción de la jornada semanal obliga a los empleadores a revisar las formas de organización del trabajo de sus empleados, en especial en aquellas industrias en las cuales laboran por turnos, o en las que se requiere la presencia permanente de sus empleados en campo o en la operación. Además, de actualizar en sus sistemas los parámetros de la liquidación de la nómina de empleados, teniendo en cuenta el número de horas semanales y mensuales, ahora con base en las 46 horas semanales.
“También anticipar el pago de recargos a la jornada laboral y/o de horas extras de acuerdo con las necesidades de la operación, lo cual incidirá en la liquidación del resto de acreencias laborales”, expresó.
¿Qué sectores han o tienen mayores dificultades para aplicarla?
Especialmente, aquellos sectores dedicados a la extracción, tratamiento o transformación de materias primas, los cuales han tenido que implementar nuevas alternativas de jornadas diferentes a la jornada ordinaria, el pago de horas extras, y hasta en algunos casos, la vinculación de nuevos trabajadores.
¿Disminuirá el salario mensual de los trabajadores?
La Ley 2101 de 2021 en su artículo 4° prevé que la disminución de la jornada de trabajo no implicará la reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores.
¿Cómo se calculará el valor de la hora extra y los recargos?
Si se reduce la jornada laboral aumentará el valor de la hora diaria. Hay que tener en cuenta que el trabajo extra diurno se remunera con un recargo de 25% sobre el valor del trabajo ordinario diurno, y el trabajo extra nocturno se remunera con un recargo de 75% sobre el valor del trabajo ordinario diurno.
¿Qué pasará con la implementación de la jornada familiar o con los espacios para el desarrollo de actividades recreativas, culturales, deportivas y de capacitación?
La disminución de la jornada laboral exonera al empleador de conceder tanto la jornada familiar prevista en el artículo 3 de la Ley 1857 de 2017, como las 2 horas semanales destinadas a la realización de actividades recreativas, culturales, deportivas y de capacitación en caso de empresas con más de 50 trabajadores.
Esta medida se aplicará de manera gradual de forma tal que en el 2026 se exonere totalmente a la empresa de dicha obligación.
¿Las empresas están cumpliendo con esta reducción? En caso de que no, ¿qué sanciones podrían recibir?
Juan Mauricio Joya, gerente Sénior de Servicios Legales de KPMG, advierte que las empresas deben cumplir con esta reducción, pues es una normativa ya aprobada y no aplicarla sería violar las obligaciones. En el evento de no hacerlo, se verían abocadas a multas derivadas de investigaciones administrativas por parte del Ministerio de Trabajo que van de 1 a 5000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
¿Para qué sectores presenta mayores desafíos implementar esta reducción?
Al respecto, Joya indicó que la ley presenta grandes desafíos inicialmente para industrias como la del comercio, turismo, salud o de restaurantes, que cuentan con características operativas particulares, por lo que deben evaluar y adaptarse eficazmente estos cambios para garantizar la calidad del servicio que ofrecen.
¿Qué beneficios trae para los empleados la reducción laboral?
Gozar de más tiempo personal lo que redunda en mejor calidad de vida, además es adecuarse a una realidad cultural distinta y actualizada a lo que era hace 75 años que fue creada la jornada laboral de 48 horas, salvo ciertos sectores.
¿Aplica a todos los trabajadores esta nueva ley?
No necesariamente, las empresas en las cuales ya la jornada es igual o inferior a 42 horas semanales, no les aplicaría ni a los trabajadores que ostentan cargos de dirección, confianza y manejo. Aplica únicamente a los trabajadores a los que al momento de entrada en vigencia de la Ley, en sus empresas, tenían una jornada de 48 horas semanales.
¿Esta reducción afecta económicamente a las empresas?
Para Juan Carlos Ramírez, presidente nacional de Acrip, sí, porque aunque esta ley se aprobó hace varios años, las condiciones económicas del país han cambiado. “La realidad hoy es que tenemos problemas económicos complicados, muchos sectores económicos están cayendo, hay preocupación, la inflación no está cediendo. Esta medida cae en un mal momento porque es un costo adicional para las empresas, lo que les complica un poco más la vida”, precisó el vocero gremial.
Empresas en el Valle
Una empresa de la región, consultada por El País, precisó que en términos de jornada laboral por ser una planta de producción con un proceso continuo, es decir tres turnos de 8 horas, han recurrido a pagar las horas extras.
Aseguraron que van a empezar a pagar las dos horas adicionales para poder solventar la producción proyectada, y así cubrir la disminución grande que viene este 15 de julio, pues los equipos no se pueden reducir.