A la media noche de este lunes 14 de febrero se vence el plazo para que los empleadores realicen la consignación de las cesantías de sus trabajadores a los fondos, públicos o privados, que hayan sido elegidos por estos. El valor debe corresponder al tiempo laborado en el 2021.
De acuerdo con lo detallado por los fondos de pensiones y cesantías, los ciudadanos que tienen derecho a esta prestación social podrán hacer el retiro de sus cesantías para varios motivos específicos: cuando se termina el contrato laboral, para adquirir vivienda, para el pago de estudios, para comprar acciones en empresas estatales o cuando hay fallecimiento del trabajador titular.
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En el caso de que el empleador no cumpla con el plazo otorgado para la consignación de esta obligación, el trabajador podrá poner en conocimiento de un juez laboral la situación. "Si el empleador no paga las cesantías, la sanción es de un día de salario por cada día de retraso en el pago", indicó Asofondos.
Cabe recordar que los empleados independientes o por prestación
de servicios que reciben un salario integral no reciben cesantías, esto debido a que estas se encuentran incluidas en el 30 % que se les otorga como factor prestacional.
"Se recomienda a los independientes o a aquellos que tengan contrato por prestación de servicios, ahorrar voluntariamente en un Fondo de Cesantías el equivalente a un mes de ingresos para que pueda tener así una previsión en caso de quedar cesante", indicó el Ministerio de Trabajo.
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En el 2020 el recaudo de las cesantías superó los 9,2 billones de pesos y tuvo un crecimiento del 3,3 por ciento, según las cifras de la Superintendencia Financiera
¿Cómo saber cuánto debo recibir de cesantías?
Las cesantías son una prestación social que se liquida anualmente y que corresponde al tiempo laborado entre el 1 de enero y 31 de diciembre de cada año. En el caso de no haber estado vinculado este periodo completo, el pago entonces equivale al tiempo proporcional trabajado.
Así entonces, el valor que se deberá liquidar como cesantías corresponde a un salario mensual por cada año trabajado o proporcional al periodo de tiempo que se haya laborado: Salario mensual x días trabajados / 360