La Semana Santa, una celebración religiosa de gran importancia para los fieles católicos en el país, puede implicar la necesidad de que algunos trabajadores presten sus servicios los días festivos, que en la Semana Santa serían el lunes 25 de marzo, y los días santos: el jueves 28 y el viernes 29.

Según el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo de Colombia, los trabajadores tienen derecho a descansar los días festivos. Sin embargo, hay empresas que requieren a sus empleados en esas fechas. En tales casos, el trabajo ejercido en los días domingo y festivos se remunera con un recargo de 75% sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

Algunos trabajadores van a prestar sus servicios los días festivos, que en la Semana Santa del 2024 serían el lunes 25 de marzo, y los días santos: el jueves 28 y el viernes 29. | Foto: Catherine Lane 2019

Para ilustrar esto con un ejemplo, si un trabajador gana el salario mínimo, que en 2024, es de $1,3 millones, el valor de su día laboral ordinario es de $44.256, que por hora se traduce en $5.532. Pero si trabaja un festivo, el empleado recibirá un monto complementario del 75% sobre el valor del día ordinario, es decir, $9.681 por hora. En una jornada de 8 horas, esto se traduce en $77.448.

Es importante mencionar que estos cálculos se basan en el salario mínimo. Para aquellos que ganan más del mínimo, deben dividir el sueldo base por 188 horas, ese resultado multiplicarlo por 75 y dividirlo en 100. En caso de trabajar los tres días festivos, cada uno con 8 horas: $232.344

Por ejemplo, si un trabajador gana $3 millones, dividiremos su salario mensual por 188 horas (total de horas laborables en un mes), lo que nos da un salario por hora de $15.957. Ahora, en caso de trabajar el festivo, habrá un adicional de 75% sobre el salario ordinario. Así, cada hora del festivo quedaría en $27.926. Durante las 8 horas, la jornada sería $223.404 por el día.

Si trabaja un festivo, el empleado recibirá un monto complementario del 75% sobre el valor del día ordinario, es decir, $9.681 por hora. En una jornada de 8 horas, esto se traduce en $77.448. | Foto: Nitat Termmee

También, tome en cuenta que en caso de trabajar un festivo, el empleador debe brindarle la próxima semana con un día compensatorio, y en caso de no recibirlo, el trabajador tendrá que recibir una retribución.

Además, cabe señalar que para este año habrá una reducción de la jornada, pasando de 47 a 46 horas semanales, esto estará vigente a partir de julio del 2024, por lo que la hora de trabajo aumentará en concordancia al salario mínimo.

*Con información de Colprensa