La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) declaró indisponibilidad de los servicios por inconvenientes en la firma y presentación de declaraciones tributarias.

Según lo que se informó, la Dian aplicará la medida para la presentción de las declaraciones de renta de personas naturales cuyo NIT finalice en los dígitos 01 y 02. Asimismo, se aplicará para el período séptimo de retención en la fuente de los NIT que finalizan con el dígito 1.

La declaración de renta es un cargo que las personas naturales deben pagar al Estado. | Foto: Getty Images

En su comunicado de prensa, la entidad indicó que informará a sus usuarios cuando habiliten el servicio para la firma y presentación de las declaraciones tributarias.

Estas personas podrán presentar y pagar sus declaraciones el día hábil siguiente en el que se informe que el servicio esté funcionando sin contratiempos.

Tiempo límite para cumplir con la obligación en 2024

El calendario tributario de la DIAN señala que las personas naturales tendrán el plazo de declarar entre el 12 de agosto y el 24 de agosto de 2024. Si requiere conocer la fecha límite exacto, deberá identificar los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria -NIT- y ubicarlos en el calendario tributario.

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