Luego de pedir un crédito, son muchas las personas que presentan problemas al cumplir con los pagos en los plazos estipulados. Esto hace que la deuda crezca enormemente debido al incremento de intereses y cobros por mora, y sobre todo que la entidad bancaria tome medidas para que dicha persona finalmente responda con la deuda.
“Lo mismo que para satisfacer las obligaciones impuestas por la Ley para la protección de la mujer y de los hijos. En los demás casos solo es embargable la quinta parte de lo que exceda del valor del respectivo salario mínimo legal”, mencionaron.
Casos en los que le pueden embargar el salario
- Si existe un incumplimiento de pago
En caso de no pagar el mínimo de la deuda de la tarjeta de crédito durante varios meses, el banco iniciará un proceso legal para cobrarle.
Tenga en cuenta que si el juez falla a favor del banco, este podrá solicitar una orden de embargo para deducir el dinero directamente del salario.
- Demanda de deuda
Si el banco lo demanda por la deuda, el juez puede ordenar el embargo de su salario como parte de la sentencia.
La ley colombiana establece que no le pueden embargar la totalidad del salario. Por eso existe un salario mínimo que es inembargable, el cual equivale a la cantidad mínima de dinero que debe recibir cada mes para cubrir sus necesidades básicas.
En este año el salario mínimo inembargable equivale a $1.100.000.
Ahora bien, después del salario mínimo inembargable, el banco si puede embargar hasta un 50 % del salario restante.
En caso de que usted tenga una deuda por concepto de pensión alimenticia, entonces el banco podrá embargar hasta un 70 % del salario.
En caso de que la deuda sea con una cooperativa legalmente autorizada, el embargo podrá ser de hasta un 50 % del salario total.