El dato de inflación que divulgará este jueves el Dane será clave para quienes viven en alquiler, toda vez que de esa cifra dependerá el aumento que se aplique a los contratos de arrendamiento en este 2023.

El IPC anualizado a noviembre anterior fue 12,53% y las estimaciones de los analistas del mercado es que se ubique en 12,64%, lo que significaría que alguien que durante el año pasado pagó por concepto de arrendamiento un millón de pesos por mes, tendría un ajuste de $126.400 y pasaría a cancelar $1.126.400 mensualmente.

Desde la presidencia de la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas), Karina Reyes, llamó la atención en el sentido de que los cánones de contratos de arrendamiento de inmuebles urbanos destinados a vivienda se incrementarán este año solo a partir de que el contrato se renueve y en la fecha de la respectiva renovación.

Así las cosas, el dueño de una vivienda no puede usar la llegada de enero como argumento para subir el valor del arriendo, y debe respetar la fecha en la que se firmó el contrato para aplicar el alza.

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En todo caso, este año sería la primera vez desde la expedición de la Ley 820 de 2003 que el reajuste de los arriendos sea de dos dígitos, pues la inflación más alta desde entonces fue la de 2008 cuando el indicador estuvo en 7,67%.

Pero, los cánones de arrendamiento de contratos que versen sobre inmuebles urbanos destinados a vivienda y que se hubieren realizado antes del 10 de julio de 2003, se ajustarán en una proporción que no sea superior a la meta de inflación, que según el Banco de la República es 3%.

Federico Estrada, gerente de La Lonja el gremio inmobiliario de Medellín, explicó que de acuerdo a la normativa el monto del arriendo mensual no puede superar el 1% del valor comercial del inmueble ni el 2% del valor catastral.

Así, a modo de ejemplo, una vivienda que comercialmente vale cien millones de pesos no podrá tener un arriendo superior al millón de pesos.

Evolución

No obstante, los números anualizados del Dane a noviembre muestran que los ítems correspondientes a alquileres efectivos de alojamiento (lo que los inquilinos pagan) y de alquileres imputados de alojamiento (lo que los propietarios calculan o esperan recibir) se ubican en 3,41% y 3,28%, respectivamente, es decir variaciones menores a la inflación que han tenido otros grupos de gasto como alimentos que supera el 27%.

Por su parte el “Análisis de la cartera y del mercado inmobiliario en Colombia” del Banco de la República mencionó que la inflación de los alquileres muestra una tendencia creciente desde inicios de 2021 en todo el país.

Según ese documento Medellín es la ciudad que en 2022 mostró las aceleraciones más fuertes en su inflación de arriendos (3,7%).

“Seguimos atentos al dato de inflación del 2022 y a las indicaciones del Gobierno sobre la desindexación de los servicios y el arriendo, porque debido a que la tasa de inflación es alta sabemos que es un tema muy sensible para las finanzas tanto de propietarios como de arrendatarios”, insistió la presidente de Fedelonjas.

En caso de dudas como contratos de vivienda firmados antes de 2003 o para usos diferentes a vivienda, se recomendó buscar la asesoría de un inmobiliario de reconocida trayectoria, pues la legislación es diferente.

En cuanto a locales comerciales, oficinas, consultorios, bodegas e inmuebles con destinación distinta a vivienda el valor de los arriendos se reajustará de acuerdo a lo pactado por las partes en el respectivo contrato.

En estos asuntos no sobrará asesorarse con expertos que sepan calcular el valor del arriendo para que sea justo y atractivo, balanceándolo con otros costos, como la administración o los servicios, y ofreciéndolo a los potenciales arrendatarios que se ajusten a ese presupuesto por su nivel de ingresos.