Según reportó la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA), “el tráfico global aéreo medio en pasajeros-kilómetro transportado presentó u aumento de 55,5% interanual en febrero de 2023, y se situó en el 84,9% en comparación a febrero de 2019.
En cuanto al tráfico internacional, las aerolíneas latinoamericanas registraron un aumento del 44,1% interanual. La capacidad creció un 34,0% y el factor de ocupación subió 5,8 puntos porcentuales, hasta el 82,7%, el dato global más alto.
Teniendo en cuenta el buen comportamiento del sector aéreo en la región y pese a los problemas locales específicos como los que se presentan en Colombia con la suspensión de las aerolíneas Viva Air y Ultra Air, los pasajeros se preguntan frecuentemente cuál es el monto de dinero en efectivo con el que puede viajar entre países sin tener que declararlo a las autoridades.
Es importante tener en cuenta que, aún como viajero, la persona tiene obligaciones con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), la entidad gubernamental que garantiza la seguridad del Estado colombiano. Una de ellas es la Declaración de Equipaje de Viajeros y de Divisas. Se trata de un documento, conocido como el formulario 530, que deben diligenciar las personas que entren o salgan del país con un monto de cualquier clase de divisas superior a los diez mil dólares estadounidenses (USD 10.000), es decir, más de 37′400.000 pesos colombianos.
Cabe destacar que esta obligación también se aplica a los títulos de dinero que superen el valor mencionado. En este sentido, se permite llevar o ingresar al país hasta 10.000 dólares sin necesidad de realizar ninguna declaración. Sin embargo, si tiene la intención de llevar o ingresar una cantidad mayor de dinero, la aerolínea está obligada a proporcionarle el formulario 530 para declarar tanto su equipaje como las divisas correspondientes. Esto significa que deberá realizar la declaración respectiva ante las autoridades competentes.
Aunque la cifra común es de US$10.000 en la mayoría de países, las condiciones cambian entre naciones, por ello, el portal web Bloomberg Linea reunió los topes del dinero sin declarar que se pueden llevar en un vuelo en los países de América Latina:
Argentina
Las leyes del gobierno argentino establecen que las personas que llegan al país en un viaje desde el exterior tiene permitido llevar en su equipaje hasta US$9.999 sin declarar si la persona es mayor de 16 años y de US$4.999 si tiene menos de 16 años.
Bolivia
La aduana del país establece que el tope máximo para movilización de divisas en un vuelo es de US$9.999. Además, que se debe declarar ingreso o salida de divisas entre US$10.000 y US$20.000, y si se supera este último momento, el movimiento debeá realizarse a través de una entidad financiera. De no cumplir con dichos requerimientos, la persona podrá enfrentar una sanción del 30% del valor.
Brasil
Las autoridades señalan que el ingreso o salida del país con valores en moneda en una cantidad superior a R$10.000, o su equivalente en otra moneda (US$1.973), deberá ser declarado a través del e-DBV.
Chile
Las aduanas chilenas señalan que si el viajero ingresa o sale con dinero en efectivo o instrumentos negociables al portador desde US$10.000, o su equivalente en otras monedas, incluido el peso chileno, este monto se deberá declarar.
Colombia
El monto máximo que puede transportar un ciudadano en un vuelo internacional sin tener que reportar el monto ante la Dian asciende a US$10.000. Si se supera el límite, se deberá realizar una declaración, aunque no se pagará ningún impuesto.
A manera de conclusión, el portal ‘Miequipajedemano.com’ destacó que si la persona no declara el equipaje que está sujeto al pago del tributo único utilizando el Formulario 530, que se titula “Declaración de Equipaje, Dinero en Efectivo y Títulos Representativos de Dinero - Viajeros”, la Dian (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) tomará medidas y procederá a la incautación y confiscación de la mercancía en cuestión.