Vivir en arriendo es una situación muy común en Colombia, y en este universo inmobiliario también se encuentran las personas que compran vivienda para ponerla en alquiler y así ganar dinero.
En la Encuesta Nacional de Calidad de Vida del departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (Dane) del año anterior (2023), se puede evidenciar que un aproximado del 40,3 % de los hogares en el país es el que vive en arriendo, lo que en cifras representa a 7,2 millones de personas.
A medida que avanza el tiempo, se van incrementando las dudas relacionadas con las casas, edificios, apartamentos y otros inmuebles en arrendamiento. Es por esa razón que a los arrendatarios y a los arrendadores se les recomienda informarse acerca de sus deberes y derechos.
Uno de los temas que más se discute con el pasar del tiempo y el que, además, genera malentendidos es la versión en la que se asegura que los inquilinos tienen derecho a un mes de vivienda gratis. Pero todo parece indicar que se trata de una información falsa.
Según lo estipulado en la Ley 820 de 2003 que regula el arrendamiento de vivienda urbana, no existe nada que obligue al arrendador a dar un mes gratis y sin cobro alguno. Por el contrario, la ley confirma que el pago del canon de arrendamiento debe realizarse desde el primer mes en el que se selle el contrato, a no ser que el arrendador y el arrendatario lleguen a un acuerdo previamente.