Tener una pensión es la meta de los trabajadores colombianos y quienes ya están próximos a alcanzarla tienen preguntas respecto al cálculo para saber de cuánto sería el monto de su jubilación.

Los entendidos en el tema aseguran que para ello primero hay que entender que el valor de las pensiones en Colombia se calcula teniendo en cuenta uno de los dos regímenes de pensión.

Uno es el de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), que es el modelo en el que operan la Administradoras de Fondos Privados de Pensión o mejor conocidas como (AFP), y la otra es el Régimen de Prima Media (RPM), que es administrado por Colpensiones.

Alcanzar una pensión es la meta de todo trabajador en Colombia. | Foto: run co

No obstante, el monto fijo mensual de la pensión por vejez está entre el 65% y el 80% de Ingreso a la Base deLiquidación, IBL, y se distribuye de la siguiente manera:

  • El afiliado que cotizó con exactitud las 1.300 semanas, le será otorgado el 65% del IBL, que se conforma por el promedio de los salarios a los cuales se les ha hecho la respectiva cotización; por ende, puede ser promedio de los últimos 10 años de cotización.
En Colombia hay dos sistemas de pensión: Colpensiones y fondos privados.
  • El valor de la pensión no puede ser mayor a 80% del ingreso de la base de liquidación.
  • Este valor no debe ser menor al salario mínimo legal vigente no tampoco ser superior a 25 salarios mínimos legales vigentes.

Así las cosas, la fórmula básica para determinar la pensión es la siguiente: Pensión = (IBL) x (porcentaje de pensión) x (número de semanas cotizadas) / 1300.

Teniendo en cuenta estos aspectos, ¿Cómo se liquida la pensión en los fondos RPM?

Para liquidar la pensión, según se establece en el artículo 34 de la ley 100 radicada en el año 1993, que fue modificado al artículo 10 de la ley 797 del año 2003, se tienen que tener los siguientes aspectos:

Si el monto del valor mensual de acuerdo a las semanas cotizadas es del 65.5% del ingreso base de la liquidación del afiliado, este porcentaje se calcula así:

Se toma el IBL (porcentaje total de semanas cotizadas), esto se divide por el valor del salario mínimo legal vigente que en este caso es de $1.000.000, este resultado se multiplica por 0,5, el total se le resta 65,5 y ya este valor se multiplica por el IBL y se obtiene el valor de la pensión. Ejemplo:

Si en este caso el trabajador tiene de IBL un sueldo de $3.000.000 y llegó al tope mínimo de cotizar las 1.300 semanas, se divide $3.000.000 entre el salario mínimo, en este caso $1.000.000 el resultado sería igual a 3%.

Este 3% se multiplica por 0,5 y en total da: 1,5. Luego al 65,5 se le resta el 1,5 que es el resultado anterior, esto genera un valor de: 64%. Por último, se multiplica $3.000.000 x 64% y esto da: $1.920.000 que sería el valor total de la pensión a recibir.

En 2024 1.700.000 personas alcanzarían una pensión sin aprobarse la reforma pensional.

¿Cuánto se aporta a Colpensiones según el salario?

En Colpensiones los aportes dependen del salario del empleado, quien destina el 4 % para los conceptos de salud y pensión, mientras que el resto es cubierto por la empresa.

Así es como la distribución de los montos hacia estas prestaciones sigue una estructura fija: un 12,5 % del salario se asigna a la salud y un 16 % a la pensión. Estos porcentajes se aplican en función de la declaración del ingreso base de cotización, según las normativas de Colpensiones.

Es importante resaltar que estos aportes están regidos por límites establecidos por el régimen público de Colpensiones. En este contexto, el aporte mínimo corresponde a un salario mínimo, mientras que la máxima no puede exceder 25 salarios mínimos legales vigentes.

Por ejemplo, si una persona tiene un salario de $1.160.000, el aporte será de $185.600.

En un sueldo de $4.640.000, el aporte es de $46.400 al fondo de solidaridad para un total de $788.800. Mientras que si el salario es de $18.560.000, $222.720 van para el fondo de solidaridad, lo que suma un total de aporte de $3.192.320.