Este viernes 30 de junio se vence el plazo que tienen los empleadores para pagar la prima, prestación social que equivale a 30 días de salario por año y se paga en dos momentos diferentes: a mediados de año es decir, en junio, y antes de que finalice diciembre.

Este es uno de los beneficios al que tienen acceso los trabajadores con un contrato formal y un salario que no supere los 12 millones de pesos. Aunque algunas empresas pagan la prima en la primera quincena, otras aún no han hecho efectivo este pago. Aquí le contamos qué debe hacer en caso de que no reciba su prima:

La prima de servicios es una de las prestaciones sociales que beneficia a trabajadores en junio y diciembre. | Foto: Getty Images

De acuerdo con la Ley 1788 del 2016, del 7 de julio de 2016, el empleador está obligado a pagar a sus colaboradores, la prestación social denominada ‘Prima de Servicio’. La prima de mitad de año debe ser entregada al trabajador entre el 1 y el 30 de junio, lo que significa que el empleador puede hacer la consignación en la primera quincena o en la segunda.

Sin embargo, si el empleador incumple con la fecha de plazo máximo, que vence este viernes, deberá pagar una multa al trabajador, por incumplir con el pago de este derecho de ley. Por eso, en caso de que el empleador no pague la prima de servicios en los tiempos estipulados o sencillamente no la reciba, el trabajador podría acudir a un juez laboral para exigir el pago.

Este viernes 30 de junio se vence el plazo que tienen los empleadores para pagar la prima.

El trabajador puede denunciar esta situación irregular ante el Ministerio del Trabajo. Además, si al hacer esta denuncia, el empleador decide terminar el contrato con el trabajador como represalia, el empleador tendrá que pagar los salarios y prestaciones correspondientes.

Si esto tampoco se cumple, el trabajador tiene todo el derecho a pedir una indemnización moratoria que está descrita en el artículo 65 del Código Sustantivo de Trabajo, donde se estipula que se le debe pagar al colaborador lo correspondiente a un salario diario por cada día de retardo hasta por 24 meses.

El Ministerio de Trabajo enfatiza en que el empleador que no pague las prestaciones sociales en el tiempo estipulado “deberá asumir una multa de entre 26,31 y 131.565 Unidades de Valor Unitarios (UVT), lo cual corresponde a una sanción de entre 1′000.000 a 5.000 millones de pesos colombianos”

¿Cómo calcular cuánto dinero corresponde?

El pago de la prima es muy esperado y útil. Si se usa bien, puede ser un salvavidas para los trabajadores | Foto: Getty Images

Por ejemplo, si una persona gana 2′000.000 de pesos, esta recibirá 1′000.000 de pesos en estos momentos y el otro 1′000.000 en el mes de diciembre. Si se toma en consideración, el salario mínimo, por ejemplo, que en 2023 es de 1′160.000 pesos, la prima es de 580.000 pesos.

Por otro lado, en el caso de las personas que trabajan por días, las cuentas se hacen de la siguiente manera: se debe sumar la cifra inicial del salario diario con el auxilio de transporte y eso multiplicarlo por 12.

¿Quién no recibe la prima de junio?

Los trabajadores independientes, aprendices, personas bajo contrato de prestación de servicios, personas con contrato de aprendizaje, trabajadores transitorios o temporales y trabajadores que reciben un salario integral no tienen derecho a recibir la prima. Ni en el mes de junio, ni en diciembre podrán gozar de esta prestación.