Desde la creación de las empresas de servicio público, los usuarios saben que uno de los principales problemas es cuando hay un corte de energía, gas o agua.
Quedarse sin alguno de estos servicios representa un inconveniente para la época moderna, debido a que muchas familias se han acostumbrado a gozar fácilmente de todo estos recursos.
Sin embargo y a pesar de que recursos como el agua, las comunicaciones y la electricidad son declarados esenciales en Colombia por la Corte Constitucional, las empresas todavía están autorizadas a cortar cualquiera que sea el que administren.
Cabe destacar que la desinformación en cuanto a uno de los cobros más polémicos que existen en este ámbito permite que algunas empresas aprovechen los vacíos legales para recaudarlos: las reconexiones.
¿Cuándo un cobro de reconexión es ilegal?
Según indica el artículo 142 de la Ley 142 de 1994, además de las sentencias T793 de 2012 y T1108 de 2002, las empresas no pueden generar cobros por reconexiones cuando estas no implican gastos reales para el operador.
Estas normas obligan a las empresas a cobrar únicamente los gastos en los que incurren para hacer el corte y la reconexión.
Este costo, en el caso de las empresas de telecomunicaciones, sería completamente ilegal; esto debido a que estas compañías no incurren en ningún gasto para suspender el servicio y posteriormente restablecerlo.
Hay que tener presente que según estos mismos recursos judiciales, las empresas están obligadas a avisarle a los usuarios que realizarán una suspensión del servicio.
Cuando usted determine que le cobraron ilegalmente una reconexión de algún recurso, está en todo su derecho de negarse a pagar, ya que este cobro puede ser irregular.
Teniendo en cuenta esto, usted podrá comunicarse con la compañía prestadora del servicio y manifestar su reclamación por el cobro de reconexión. En caso de ser necesario, recuérdele a ese operador las leyes antes mencionadas que lo protegen como usuario.