La retención en la fuente es una de las formas como el Estado colombiano facilita a los contribuyentes el pago de los impuestos. El estatuto tributario, en su artículo 376, reglamenta este tipo de recaudo. Sin embargo, muchos ciudadanos se preguntan ¿a qué salarios aplica la retención en la fuente?
Pues bien, según lo demanda el artículo 383 del Estatuto Tributario, la retención en la fuente para ingresos laborales toma como base gravable 95 UVT (Unidad de Valor Tributario) o un valor mayor. La retención en la fuente se lleva a cabo en el momento en el que se da una transacción entre una persona o empresa que paga por un servicio o bien.
Cabe recordar que el UVT se encuentra en un precio actual de 4.412 pesos, por lo que la base sería de 4.029.000 pesos.
Ahora bien, en cuanto a las fechas en las que se debe declarar la retención en la fuente, en el portal de la Dian, haciendo clic en el enlace anterior, puede consultar todo el calendario tributario del año.
Se debe tener en cuenta que una persona natural sólo actúa como agente de retención por ingresos laborales cuando cumple con los topes de ingresos y patrimonio señalados en el artículo 368-2 del estatuto tributario.
También, debe saber que la retención se aplicará siempre el pago supere la base sujeta a retención, de manera que si una persona natural tiene trabajadores que devengan apenas el salario mínimo, nunca tendrá que practicar retención en la fuente por salarios. Como tampoco debe actuar como agente de retención: pues apenas será un agente de retención en potencia, en la medida en que en el momento que realice un pago sujeto a retención por salarios que alcance la base sujeta a retención, dado el caso, ahí sí debería retener la suma a que haya lugar.
De igual forma, se precisa que la retención por salarios se hace al momento en que se hace el pago al trabajador, y no cuando ese se causa.
¿Quiénes declaran renta en Colombia?
Tenga en cuenta que la declaración de renta debe ser elaborada a partir de los movimientos realizados durante el 2022. No solo contiene información de interés para la DIAN, también será útil para el declarante, quien de esta forma se va a enterar de las actividades económicas realizadas desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022, tales como ingresos, gastos, costos, pasivos y activos.
Así mismo, debe saber que no todas las personas naturales están obligadas a declarar renta y que la norma establece que tampoco están obligados a declarar renta los asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA), cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando en relación con el año gravable 2022 se cumplan la totalidad de los siguientes requisitos adicionales que te explicamos en los topes.
Ahora bien, todas las personas naturales que cumplan con alguna de las siguientes condiciones deben declarar el impuesto sobre la renta 2023:
- En caso de que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000
- También, los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable son iguales o superiores a $53.206.000
- Tenga en cuenta que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000
- Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000
Tenga en cuenta que el periodo de la retención es mensual, por lo que debe estar atento de declarar cada mes del año y en su declaración se deben incluir las retenciones de dicho periodo. De acuerdo con el portal Gerencie.com, en Colombia deben declarar la retención en la fuente quienes tengan la calidad de agente de retención. Toda empresa o persona jurídica ostenta esta calidad, por lo que sí o sí deben presentar la declaración de la retención mensual.