La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, informó que, de conformidad con la certificación emitida por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, se observa estabilidad y correcto funcionamiento en los servicios que permiten el diligenciamiento y presentación de las declaraciones tributarias y el pago de impuestos.
Por lo tanto, hoy 16 de agosto del 2024 anunció que se levantó la contingencia de que trataba el artículo 579-2 del Estatuto Tributario y que fue decretada el pasado 12 de agosto. Esto significa que los contribuyentes con obligaciones tributarias, cuyo plazo estaba definido entre el 12 y el 16 de agosto, podrán presentar sus declaraciones y realizar el pago hasta el 20 de agosto sin ningún tipo de sanción ni intereses.
Los contribuyentes con fechas de vencimiento posteriores deberán presentar sus declaraciones de acuerdo con las fechas establecidas en el calendario tributario.
La Dian contó que seguirá monitoreando y prestando servicio en todos sus canales de atención, incluyendo los días sábado, domingo y lunes festivo, para asistir a los ciudadanos en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Es importante destacar que, tras el inicio del periodo de declaración de renta para personas naturales, que comenzó el pasado lunes 12 de agosto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) declaró una contingencia debido a problemas en sus plataformas relacionadas con los impuestos. Estos inconvenientes se debieron a la “indisponibilidad de los servicios mencionados en el artículo 579-2 del Estatuto Tributario, causada por fallos en la funcionalidad de la firma electrónica y la recuperación de contraseñas”, según explicaron.
Esta contingencia se mantendrá hasta el próximo viernes 16 de agosto, ya que los problemas con la plataforma continúan. Las personas más afectadas son aquellas que debían presentar su declaración de renta entre el 12 y el 16 de agosto, de acuerdo con los dos últimos dígitos de su cédula.
Según la DIAN, las fechas en las que se presentaron los fallos correspondían a los usuarios cuyos números de identificación terminaban en los siguientes dígitos.
- 12 de agosto: cédulas terminadas en 01 y 02.
- 13 de agosto: cédulas terminadas en 03 y 04.
- 14 de agosto: cédulas terminadas en 05 y 06.
- 15 de agosto: cédulas terminadas en 07 y 08.
- 16 de agosto: cédulas terminadas en 09 y 10.
En consecuencia, la Dian informó que los inconvenientes en la plataforma se deben a la saturación de los servidores, lo que ha impedido que todas las declaraciones se puedan procesar. Por esta razón, aquellos que deban realizar trámites afectados por estos problemas y cuyos plazos vencen entre el 12 y el 16 de agosto de este año, tendrán un periodo adicional para cumplir con sus obligaciones. Estos contribuyentes podrán presentar y pagar su declaración de renta sin incurrir en sanciones por extemporaneidad o intereses hasta el martes 20 de agosto.
La entidad proyecta recaudar $7 billones como resultado del ingreso tributario efectivo, después de deducir las retenciones en la fuente efectuadas por los contribuyentes, además de los anticipos de impuestos y los saldos a favor.